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13 de Marzo de 2018

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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1058/2018

RESOL-2018-1058-APN-ENACOM#MM - FECHA 21/2/2018 - ACTA 30

EXPAFSCA 145.00.0/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público número CIENTO CUARENTA Y CINCO (145), con el objeto de adjudicar CUATRO (4) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de CUATRO (4) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de VILLA MARÍA, provincia de CÓRDOBA. 2.- Adjudicar al señor Leandro Andrés Primo ROGANTI (D.N.I. Nº 36.812.949 - C.U.I.T. Nº 20-36812949-7), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 89.7MHz., canal 209, con categoría E, en la localidad de VILLA MARÍA, provincia de CÓRDOBA. 3.- Adjudicar a la señora Rosana Isabel OCAMPO (D.N.I. Nº 22.553.585 - C.U.I.T. Nº 27-22553585-5), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 107.3MHz., canal 297, con categoría E, en la localidad de VILLA MARÍA, provincia de CÓRDOBA. 4.- Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas por IMAGEN V SRL (C.U.I.T. Nº 30-71141402-5), EDITORIAL CEO SA (C.U.I.T. Nº 30-69428461-9), Roberto KFURI (D.N.I. Nº 6.586.789 – C.U.I.T. Nº 20-06586789-4), Osvaldo Antonio RINERO (D.N.I. Nº 13.726.712 - C.U.I.T. Nº 20-13726712-9) y CLASSICS SRL (C.U.I.T. Nº 30-68761237-6) documentadas mediante EXPAFSCA Nº 145.01.0/14, N° 145.03.0/14, N° 145.05.0/14, N° 145.06.0/14 y N° 145.07.0/14 respectivamente. 5.- El plazo de las licencias adjudicadas por los artículos 2º y 3° abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogado a solicitud de los licenciatarios. 6.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, correspondiente a el señor Leandro Andrés PRIMO ROGANTI, asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 47.156,70), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el Artículo 24 del citado pliego, dentro de los QUINCE (15) días corridos de notificada la presente. 7.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, correspondiente a la señora Rosana Isabel OCAMPO, asciende a la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 7.290,75), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el Artículo 24 del citado pliego, dentro de los QUINCE (15) días corridos de notificada la presente. 8.- Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, los adjudicatarios deberán presentar la documentación técnica a la que refiere el Artículo 26 del pliego. 9.- Los licenciatarios asumirán la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de las licencias adjudicadas por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 10.- Los licenciatarios deberán conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 11.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 12.- A solicitud de los licenciatarios, se otorgará la señal distintiva correspondiente. 13.- Notifíquese, comuníquese, publíquese.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 28/02/2018 N° 11464/18 v. 28/02/2018

Fecha de publicación 28/02/2018