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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 231/2018

Apruébase y Adjudícase Licitación Pública N° 80-0006-LPU17.

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-09784522-APN-DCYC#MS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 672 de fecha 2 de junio de 2017 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0006-LPU17 llevada a cabo para la adquisición de medicamentos antirretrovirales, solicitada por la DIRECCIÓN DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de brindar cobertura a los pacientes con VIH/SIDA y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo forma parte integrante de la citada resolución.

Que con fecha 11 de julio de 2017 se procedió a la apertura de las nueve (9) ofertas presentadas en la referida licitación pública, pertenecientes a la firmas LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A., ABBVIE S.A., LABORATORIO LKM S.A., MICROSULES ARGENTINA S.A. de S.C.I.I.A., LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., GLOBAL FARM S.A., GADOR S.A., GP PHARM S.A. y LABORATORIO DOSA S.A.

Que la DIRECCIÓN DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD, mediante su Informe de fecha 8 de agosto de 2017, solicita reducir las cantidades a adquirir para el renglón 16 a 2.100.000 unidades, fundado en razones de consumo.

Que analizadas las ofertas y obtenidos los informes pertinentes, la COMISIÓN EVALUADORA del MINISTERIO DE SALUD emitió el Dictamen de Evaluación de fecha 24 de enero de 2018 recomendando la adjudicación de las ofertas válidas de menor precio pertenecientes a las firmas LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F para los renglones 1, 6, 10 y 17, GLOBAL FARM S.A. para el renglón 3, LABORATORIO DOSA S.A. para el renglón 8, LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A. para los renglones 9, 11, 14 y 15, ABBVIE S.A. para el renglón 12 y LABORATORIO LKM S.A. para el renglón 16.

Que, con relación a los renglones 1, 3, 6, 8, 10, 12 y 17 la DIRECCIÓN DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD expone las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para proceder a su adquisición, contando para ello con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y ATENCIÓN PRIMARIA y la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS y la intervención de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, todas ellas del citado Ministerio.

Que, también en el mencionado Dictamen de Evaluación se recomienda desestimar las ofertas de las firmas ABBVIE S.A. para el renglón 13 y LABORATORIO LKM S.A. para el renglón 5, toda vez que de conformidad con lo establecido en el punto 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares “la adquisición del renglón 6, conllevará la no adquisición de los renglones 5 y 13”; como así también las ofertas presentadas por GLOBAL FARM S.A. para el renglón 4, atento que el oferente manifiesta su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de su oferta para el referido renglón; GADOR S.A. para el renglón 16, por presentar un error no subsanable en su propuesta económica conforme el Dictamen Jurídico de fecha 23 de agosto de 2017; y la de GP PHARM S.A. por presentar de manera extemporánea la garantía de mantenimiento de oferta y poseer deuda líquida exigible ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, conforme lo establecido en la Resolución AFIP N° 4164/17.

Que no se efectuaron impugnaciones al citado Dictamen de Evaluación.

Que por lo expuesto corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a lo aconsejado en el Dictamen de Evaluación de fecha 24 de enero de 2018 del MINISTERIO DE SALUD.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorios, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d), e) y g) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus complementarios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0006-LPU17 del MINISTERIO DE SALUD llevada a cabo para la adquisición de medicamentos antirretrovirales, solicitada por la DIRECCIÓN DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de brindar cobertura a los pacientes con VIH/SIDA.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0006-LPU17 del MINISTERIO DE SALUD a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. (C.U.I.T.: 30-50115282-6)

Renglón 1 por un total de 1.281.000 unidades, 6 por un total de 1.080.000 unidades, 10 por un total de 720.000 unidades y 17 por un total de 9.600 unidades……………………………………………….….....……...……$ 115.831.680

GLOBAL FARM S.A. (C.U.I.T.: 30-70098905-0)

Renglón 3 por un total de 1.760.040 unidades……………………......................................................…..…$ 125.666.856

LABORATORIO DOSA S.A. (C.U.I.T.: 33-58002577-9)

Renglón 8 por un total de 1.890.000 unidades……………........................................................………….… $ 31.941.000

LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. (C.U.I.T.: 30-50057148-5)

Renglón 9 por un total de 7.200 unidades, 11 por un total de 600.000 unidades, 14 por un total de 3.780.000 unidades, 15 por un total de 813.120 unidades……………………………………...........…………………………………70.043.150,40

ABBVIE S.A. (C.U.I.T.: 30-71239962-3)

Renglón 12 por un total de 1.760.040 unidades……...………….....................................................……… $ 8.571.394,80

LABORATORIO LKM S.A. (C.U.I.T.: 30-66172859-7)

Renglón 16 por un total de 2.100.000 unidades………….......................................................……….………$ 83.307.000

TOTAL……..……………………………………….........................................................………………………$ 435.361.081,20

ARTÍCULO 3º.- La suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($435.361.081,20) se imputará con cargo al presente ejercicio, Jurisdicción 80, Programa 22, Actividad 41, IPP 252, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional.

ARTÍCULO 4º.- Desestímanse las ofertas de las firmas ABBVIE S.A. para el renglón 13, LABORATORIO LKM S.A. para el renglón 5, GLOBAL FARM S.A. para el renglón 4, , GADOR S.A. para el renglón 16, y GP PHARM S.A. por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de fecha 24 de enero de 2018.

ARTÍCULO 5°.- Decláranse fracasados los renglones 2, 4, 5, 7, 13, 18, y 19.

ARTÍCULO 6°.- Déjanse sin efecto los renglones 5 y 13.

ARTÍCULO 7°.- Autorízase la ampliación o disminución respecto de las contrataciones que por este acto se aprueban, quedando facultado el Ministro de Salud a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la instrumentación operativa de lo aquí dispuesto.

ARTÍCULO 8°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y/o a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en forma indistinta, a suscribir las pertinentes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Adolfo Luis Rubinstein.

e. 01/03/2018 N° 12277/18 v. 01/03/2018

Fecha de publicación 01/03/2018