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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 102/2018

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-25712642- -APN-DMENYD#MI del registro de este Ministerio, el Decreto N° 888 del 22 de julio de 2016, la Resolución N° 39 del 1 de febrero de 2017 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y la Resolución N° 204 del 27 de abril de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 888/16 se estableció la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA), desarrollado por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) como sistema integral de gestión y administración del personal que presta servicios en las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que este Ministerio, en concordancia con dichos lineamientos, dispuso su aplicación para la administración de los recursos humanos en la órbita centralizada de esta Cartera de Estado.

Que el sistema informático denominado Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) permite ejecutar todos los procesos de administración de los recursos humanos, generar los datos necesarios para la liquidación de haberes y la alimentación del legajo personal.

Que a través de la Resolución N° 39/17 de este Ministerio se aprobaron los distintos Manuales de Procedimientos del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) para el ámbito de este Ministerio.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 204/17, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó el “REGLAMENTO GENERAL DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO” para todo el personal vinculado laboralmente con los organismos y jurisdicciones comprendidos en el ámbito definido por el inciso a), del artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que el artículo 15 del reglamento citado en el considerando precedente dispuso que el mismo constituye un estándar básico del régimen de registro y control de asistencia y presentismo y que los organismos y jurisdicciones podrán establecer mediante reglamento interno la forma y modalidad del cumplimiento de la jornada de trabajo.

Que por otro lado, el artículo 101 de la Ley N° 24.156 establece que la autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL será responsable del mantenimiento y de un adecuado sistema de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoría interna.

Que en consecuencia, corresponde aprobar el REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO de aplicación a la órbita centralizada de esta Cartera de Estado, adaptándolo a los procedimientos instaurados por la aplicación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) y respetando los lineamientos, criterios mínimos y datos previstos por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha homologado el REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO de este Ministerio (IF-2018-02097992-APN-DGRH#MI), en los términos previstos en el artículo 15 del “REGLAMENTO GENERAL DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO” aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 204/17 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que han tomado la intervención que les compete, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del REGLAMENTO GENERAL DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO aprobado como Anexo I por la Resolución N° 204 del 27 de abril de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y en el artículo 101 de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO” de aplicación en la órbita centralizada del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el que como Anexo N° IF-2018-02097992-APN-DGRH#MI forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a realizar auditorías periódicas a las Unidades de Registro SARHA, para corroborar el correcto cumplimiento de las pautas que se aprueban en la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA llevará a cabo la instrumentación y aplicación del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la PLANILLA ÚNICA RELOJ, la que como Anexo N° IF-2017-27680568-APN-DGRH#MI forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 05/03/2018 N° 12700/18 v. 05/03/2018

Fecha de publicación 05/03/2018