Edición del
6 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 138/2018

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2018

VISTO el Decreto N° 174/18, la Decisión Administrativa N° 213/16 y 621/17, la Resolución MC N° 343 E/2016, la Resolución MC N° 104 E/2017, el Expediente N° EX-2018-3043128-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución MC N° 343 E/2016 se formalizó la convocatoria del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2016 (tercera edición), que otorgó ayudas destinadas a las líneas de comercialización, infraestructura y movilidad.

Que el programa de referencia se orienta a profundizar las políticas de jerarquización y sostenibilidad del trabajo efectuado por los emprendedores culturales ligados a los diferentes sectores que integran la economía creativa.

Que en el transcurso del año 2016, las ayudas otorgadas a través de la línea movilidad posibilitaron la participación de cuatrocientos catorce (414) emprendedores en diferentes giras, ferias, mercados y exposiciones de la Argentina y del exterior, en el ámbito de la música, diseño, editorial, audiovisual, videojuegos, artes visuales y artes escénicas.

Que de igual modo en 2017, se concretó la participación de doscientos setenta y un (271) emprendedores en diferentes giras, ferias, mercados y exposiciones de la Argentina y del exterior, en el ámbito de la música, diseño, editorial, audiovisual, videojuegos, artes visuales y artes escénicas.

Que la continuidad de esta modalidad resulta de trascendental importancia para consolidar el apoyo brindado a los mencionados sectores.

Que a los efectos de facilitar la planificación y gestión operativa de los traslados asignados a los beneficiarios, es necesario formalizar la primer convocatoria al FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018, en el tramo exclusivamente orientado a la línea movilidad.

Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02, modificado este último por el Decreto N° 174/18, creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, se encuentra la de “…entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura y creatividad tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión...” y “entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la producción y consumo de bienes y servicios culturales…”.

Que, en virtud de los objetivos y las competencias reseñadas en los considerandos precedentes, se considera apropiado instrumentar la convocatoria al FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018, línea movilidad, en el ámbito de la mencionada SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.

Que, asimismo, corresponde efectuar la cuarta convocatoria del programa que se concretará mediante la línea de movilidad, aprobando el Reglamento de Bases y Condiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades delegadas por el Decreto 392/86, en las disposiciones del Decreto N° 174/18; la Decisión Administrativa Nº 213/16 y 621/17, y en el marco de los objetivos generales asignados a esta Cartera Ministerial por la Ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la convocatoria al FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO 2018, línea movilidad, de conformidad con el Reglamento de Bases y Condiciones (IF-2018-03095927-APN-DNEC#MC) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase a la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, como autoridad de aplicación e interpretación del programa y del Reglamento de Bases y Condiciones aprobado en el artículo precedente, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para la implementación de la presente Resolución y para instruir a los responsables de las unidades organizativas bajo su órbita, con competencias y objetivos vinculados al presente programa, para desarrollar las tareas atinentes a su implementación.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, y, cumplido, archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 07/03/2018 N° 13755/18 v. 07/03/2018

Fecha de publicación 07/03/2018