BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6456/2018
22/02/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular CONAU 1 – 1274 Régimen Informativo Contable Mensual. Exigencia e Integración de Capitales Mínimos y Relación para los Activos Inmovilizados y Otros Conceptos. Régimen Informativo para Supervisión.
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar las modificaciones introducidas en los regímenes informativos de la referencia, en función de las disposiciones difundidas por la Comunicación “A” 6431 atinentes al Ratio de apalancamiento, que tendrán vigencia a partir del 1/3/2018.
Asimismo, se incorporan dentro de los regímenes de “Exigencia e integración de capitales mínimos” y “Relación para los activos inmovilizados y otros conceptos”, las instrucciones para informar los defectos / excesos admitidos (que no implican incumplimientos) originados por el cómputo del 50 % -en lugar del 100 %- del resultado proveniente de los ajustes NIIF por primera vez; estas disposiciones tendrán vigencia para el primer trimestre del 2018.
Al respecto, se detallan los cambios incorporados:
Exigencia e Integración de Capitales Mínimos
a) Introducción de la Sección 10. Ratio de apalancamiento conteniendo el modelo de información y las normas de procedimiento para la presentación de los datos relativos al Ratio de apalancamiento; se detallan las partidas incorporadas:
- Código 45110000: “Exposiciones en el activo”
- Código 45120000: “Exposiciones por operaciones con derivados”
- Código 45130000: “Exposiciones por operaciones de financiación con valores (SFT)”
- Código 45140000: “Partidas fuera de balance (PFB)
b) Modificaciones en “Disposiciones transitorias”:
- Cambio en el número de sección (de 10. a 11.);
- Incorporación del punto 11.3. donde se explicita el tratamiento que corresponde otorgar a los defectos admitidos originados por el cómputo del 50 % -en lugar del 100 %- del resultado proveniente de los ajustes NIIF por primera vez.
Relación para Activos Inmovilizados y otros conceptos
- Índice: introducción de la Sección 6.;
- Sección 6. Disposiciones transitorias, donde se explicita el tratamiento que corresponde otorgar a los excesos admitidos originados por el cómputo del 50 % -en lugar del 100 %- del resultado proveniente de los ajustes NIIF por primera vez.
Régimen Informativo para Supervisión
Eliminación del punto 12 - Coeficiente de Apalancamiento, cuyo último envío de datos corresponderá al trimestre cerrado el 31/12/17.
Oportunamente les haremos llegar las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado de este régimen informativo como consecuencia de la eliminación del citado punto.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información. — Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Dr. Raúl Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”).
e. 09/03/2018 N° 14205/18 v. 09/03/2018
Fecha de publicación 09/03/2018