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Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO

EDICTO

Rosario, 05 de Marzo de 2018.

Desde la Actuación N° 17999-55-2017 SC 155/2017, y habiéndose dictado resolutorio se NOTIFICA a la firma AGROSERVICIOS PAMPEANOS S.A. CUIT N° 30-68149046-5, la Resolución Fallo Nº 785/2017 (AD ROSA) recaída en los actuados, que dice: “VISTO:... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1º: DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal promovida en autos contra la firma AGROSERVICIOS PAMPEANOS S.A. CUIT N° 30-68149046-5 y DESPACHANTE DE ADUANA SOSA MARIA DEL CARMEN atento a haber cancelado el importe de la multa por infracción al Art. 995 del C.A., suma que asciende a PESOS CINCO MIL ($5.000) conforme constancias obrantes en autos, y por los motivos expresados en los considerandos que anteceden; ello, en los términos de los Art. 930 y 932 de la misma ley, dejándose expresamente establecido que los antecedentes no serán registrados. ARTICULO 2°: TENER POR DISTRIBUIDO el producto de la multa mínima, teniéndose en cuenta para ello los lineamientos del Decreto N° 258/99.- ARTICULO 3°: Por Sección Sumarios, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE; consentido y/o que fuere, procedase al levantamiento de la denuncia que motiva los actuados, y luego de los trámites administrativos de rigor REMITANSE los presentes al ARCHIVO.- Fdo. Mgter. Héctor Gustavo Fadda Administrador (I) Div. Aduana de Rosario. Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

e. 12/03/2018 N° 14458/18 v. 12/03/2018

Fecha de publicación 12/03/2018