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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 204/2018

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2018

VISTO el Expediente EX-2017-21502774-APN-DGRHYO#MDS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley de Presupuesto N° 27.431, la Decisión Administrativa N° 327 del 29 de mayo de 2017, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 174 del 2 de marzo de 2018, N° 355 del 22 de mayo de 2017, la Resolución MDS N° 1274 del 23 de junio de 2017 y la Resolución MDS N° 1891 del 25 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2018.

Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N° 174/18 se modificó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Decisión Administrativa N° 327/17 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Resolución MDS N° 1274/17 se aprueba la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 1° de la Resolución MDS N° 1891/17 se designó, entre otros agentes, a la doctora Vanina Noelia GOYANES (D.N.I. N° 29.746.843 ) en la Planta Permanente, como Analista Jurídico en Empleo Público - Nivel C – Grado 4 - Agrupamiento Profesional – Tramo General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la entonces SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 355/17 se estableció que las asignaciones transitorias de funciones serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y asimismo que dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial. En todos los casos se requerirá la previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la Decisión Administrativa N° 12/17, o la norma que la sustituya en el futuro.

Que han tomado las intervenciones que les compete la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION JURIDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 08 del 10 de diciembre de 2015, el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 , la Ley N° 25.506 y la Ley N° 27.431, el Decreto N° 434/16 y sus normas complementarias y el Decreto N° 561/16 y sus normas complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase con carácter transitorio, a partir del 18 de septiembre de 2017, la función de Coordinadora de Asuntos Administrativos y Convenios de la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría de Articulación Jurídico Institucional de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, al agente perteneciente a la planta permanente doctora Vanina Noelia GOYANES (D.N.I. N° 29.746.843 ), Nivel C, Grado 4, Tramo General, Agrupamiento Profesional del referido Convenio. La asignación de funciones se realiza conforme lo preceptuado en los artículos 109 y 112, como excepción al artículo 108 de dicho régimen escalafonario y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.

e. 13/03/2018 N° 15340/18 v. 13/03/2018

Fecha de publicación 13/03/2018