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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 122/2018

Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2018

VISTO:

El Expediente Nº 1.105.783/05, del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por la Ley Nº 25.674 y Ley N° 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de ampliación de la Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES, con fecha 24 de febrero de 2005.

Que por Resolución Nº 596 de fecha 24 de agosto de 2004 el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial a las localidades de Eduardo Castex, Bernardo Larroude, Quemú-Quemú, Villa Marisol, Victorica, Colonia Barón, Rancul, Realicó, Santa Isabel, Intendente Alvear, Winifreda, Trenel, Arata, Ingeniero Luiggi, Caleufú, Macachín, Alpachiri, Rolón, Doblas, Miguel Riglos, Bernasconi, Gualtrache y Colonia 25 de Mayo, de la Provincia de La Pampa y las localidades de San Cayetano, Dolores, Ayacucho y Miramar de la Provincia de Buenos Aires.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial agrupa a los empleados y obreros del servicio eléctrico.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la acreditación del universo de trabajadores como la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de agosto de 2004 a enero de 2005 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.

Que la entidad acreditó poseer en el periodo semestral pertinente, una representación cotizante superior al veinte por ciento (20%) respecto de todos empleados y obreros del servicio eléctrico con zona de actuación en las localidades de San Cayetano, Dolores, Ayacucho y Miramar de la Provincia de Buenos Aires y en las localidades de Eduardo Castex, Bernardo Larraude, Quemú Quemú, Villa Mirasol, Victorica, Rancul, Realicó, Intendente Alvear, Winifreda, Trenel, Arata, Ingeniero Luiggi, Caleufú, Macachín, Alpachiri, Rolón, Doblas, Miguel Riglos, Bernasconi, Guatraché, y Colonia 25 de Mayo de la Provincia de La Pampa, ámbito sobre el cual versará la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la ley 23.551.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley N° 23.551 a las siguientes entidades: UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN y ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN no ha contestado el traslado conferido.

Que la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO manifiesta que su postura es la coexistencia histórica de sindicatos con personería gremial en el ámbito del Sector Púbico, conforme lo dispuesto por la Resolución 57/87 y la Resolución 255/03.

Que con fecha 26 de enero de 2018 se realizó en la Delegación Regional La Matanza, la audiencia de cotejo de representatividad a la que solo compareció la peticionante a exhibir su documentación.

Que las restantes entidades con personería gremial preexistente no comparecieron a ejercer el derecho de control en la citada audiencia, pese a que se encontraban debidamente notificadas.

Que la peticionante ha acreditado una representación constante en cada uno de los meses requeridos, cumpliendo la exigencia de los artículos 28 de la Ley N° 23.551 y 21 del Decreto Reglamentario N° 467/88.

Que a excepción de la peticionante, ninguna de las entidades con personería gremial preexistente, acreditó poseer afiliación cotizante en el ámbito personal y territorial pretendido.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que conforme lo previsto por la Resolución N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley N° 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Otorgase al SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES BUENOS AIRES con domicilio en calle 25 N° 351, Ciudad de Mercedes, Provincia de BUENOS AIRES, la Personería Gremial para agrupar a todos empleados y obreros del servicio eléctrico con zona de actuación en las localidades de San Cayetano, Dolores, Ayacucho y Miramar de la Provincia de Buenos Aires y las localidades de Eduardo Castex, Bernardo Larraude, Quemú-Quemú, Villa Mirasol, Victorica, Rancul, Realicó, Intendente Alvear, Winifreda, Trenel, Arata, Ingeniero Luiggi, Caleufú, Macachí, Alpachiri, Rolón Doblas, Miguel Riglos, Bernasconi, Guatraché, y Colonia 25 de Mayo de la Provincia de La Pampa.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Alberto Jorge Triaca.

e. 15/03/2018 N° 16104/18 v. 15/03/2018

Fecha de publicación 15/03/2018