Edición del
6 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: Cooperativa de Trabajo de la Construcción El Palomar Limitada Mat.10931 (Expte. Nº 1493/13 Res. Nº 3769/13), Cooperativa Agropecuaria “El Ceibal” Limitada de Transformación, Comercialización y Consumo Mat.6425 (Expte. Nº 3285/13 Res. Nº 3034/13), Cooperativa de Trabajo Servicios Integrales “Cristal” Limitada Mat.20445 (Expte. Nº 1789/13 Res. Nº 2966/13), Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo y Obras y Servicios Públicos Solares de Icho Cruz Limitada Mat.17104 (Expte. Nº 738/14 Res.Nº 6047/14), Cooperativa de Servicios de Agua potable “Bandera” Limitada Mat. 9703 (Expte. Nº 1769/15 Res.Nº 2231/15), Cooperativa Apícola, Avícola y Granjera “Génesis” Limitada Mat.20481 (Expte. Nº 52/14 Res.Nº 2677/14), Cooperativa de Trabajo La Plata Construcciones Limitada Mat.21640 ( Expte.Nº 1109/13 Res.Nº 1243/15), Cooperativa de Trabajo 17 de Febrero Limitada Mat.17458 (Expte.Nº 1678/14 Res.Nº 4312/14), Cooperativa de Trabajo Unión y Fuerza Limitada Mat.29056 (Expte. Nº 4654/13 Res.Nº 2667/14), Cooperativa de Vivienda “25 de Febrero” Limitada Mat.7284 (Expte.Nº 5629/13 Res.Nº 6023/14), Cooperativa Apicola Agropecuaria San Antonio Limitada Mat.21338 (Expte.Nº 665/14 Res.Nº 4422/14), Cooperativa Granjera de Micro Emprendimientos Agropecuarios Limitada “COOMEA” Mat.24353 (Expte.Nº 50/14 Res.Nº 6028/14), Cooperativa Agropecuaria “Producir en Serio” (COPROSE) Limitada Mat.24583 (Expte. Nº 4662/14 Res.Nº 921/15), Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3.369/09, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades, que en caso de nos ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. “3”, de la Ley 20.337. FDO: Dra. Geraldine Mac Cormack.

Geraldine Elena Mac Cormack, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

e. 19/03/2018 N° 16932/18 v. 21/03/2018

Fecha de publicación 19/03/2018