ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN
EDICTO
“-----Se pone en conocimiento del Sr. LÓPEZ, DIEGO MAXIMILIANO, D.N.I. 25.020.960, que en el marco de la Actuación registrada como 013-DN-31-2015/0 (SIGEA 12459-165-2015), mediante Resolución Nº 120/2017 (AD COLO) de fecha 24 de julio de 2017 se ha dispuesto su ARCHIVO PROVISORIO conforme lo normado en los Puntos 1.5 y 3 del Ap. “D” de la Instrucción General Nº 11/16. Se le intima a que en el perentorio término de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, proceda a retirar la mercadería involucrada previo pago de los tributos correspondientes a su importación, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro de dicho plazo, se procederá a despachar de oficio la misma, conforme al procedimiento previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts. 417, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de proceder a su DESTRUCCIÓN si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 448 y 451 de mismo cuerpo legal), todo ello en un todo de acuerdo con las normas vigentes de aplicación. Firmado: Hugo Miguel GUGLIELMINO – Administrador Aduana de Colón- Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-
COLON, 20 de marzo de 2018.
Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana Colón.
e. 21/03/2018 N° 18005/18 v. 21/03/2018
Fecha de publicación 21/03/2018