MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 87/2018
Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-17470333-APN-DCC#MEM, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones, el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 342 de fecha 20 de septiembre de 2017 de este Ministerio, se convocó la Licitación Pública Nacional, en el marco de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, para la contratación del servicio de inspección de obra, certificación de avance y control de calidad de suministros del proyecto “AMPLIACIÓN SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”, bajo el Sistema de Ajuste Alzado conforme a lo establecido en los artículos 5°, inciso b) y 9° de dicha Ley, con un Presupuesto Oficial de PESOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON QUINCE CENTAVOS ($91.290.149,15), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, y se aprobó la documentación licitatoria.
Que a través de la Dirección de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio se llevó a cabo el llamado a Licitación Pública Nacional N° 452-0007-LPU17.
Que con fecha 9 de noviembre de 2017 se efectuó el Acto de Apertura de Ofertas (IF-2017-27602332- APN-DCC#MEM), en la que se recepcionaron SIETE (7) propuestas pertenecientes a las firmas: CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.) (CUIT N°30-65786428-1), MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (MASA ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 30-69617416-0), TRACE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-71068569-6), BUREAU VERITAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 33-65804377-9), LITORAL GAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-65786633-0), TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-65786206-8) y SGS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (SGS ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 30-54711042-7).
Que la firma CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. declaró conflicto de interés en los términos del artículo 1° del Decreto N° 202 de fecha 21 de marzo de 2017, conforme la Declaración Jurada obrante en el Orden N° 588 (RE-2017-27684629-APN-DCC#MEM).
Que mediante la Nota N° NO-2017-29625918-APN-DCC#MEM de fecha 23 de noviembre de 2017, la Dirección de Compras y Contrataciones comunicó la mencionada Declaración Jurada a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, conforme al artículo 4°, inciso a del Decreto N° 202/2017.
Que mediante la Nota N° NO-2017-30982165-APN-SSIE#MEM de fecha 2 de diciembre de 2017, la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO de este Ministerio optó por el mecanismo de pacto de integridad, conforme el artículo 4°, inciso c apartado I del Decreto N° 202/2017, el que fue suscripto por todas las firmas participantes y este Ministerio el 27 de diciembre de 2017 (CONVE-2018-02078556-APN- DDYME#MEM).
Que la Comisión Evaluadora, designada al efecto mediante la Disposición N° 11 de fecha 2 de octubre de 2017 de este Ministerio, procedió a intimar oportunamente a los oferentes a subsanar defectos formales de sus propuestas.
Que dicha Comisión emitió el Dictamen de Evaluación de fecha 16 de enero de 2018 (IF-2018-02537930- APN-MEM), mediante el cual propuso desestimar los Renglones Nros. 2 y 4 de la firma SGS ARGENTINA S.A. y los Renglones Nros. 1, 2 y 4 de la firma MASA ARGENTINA S.A., en atención a que las mismas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados en la documentación licitatoria; también sugirió otorgar primer orden de mérito a la firma BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A., para los Renglones Nros. 1, 2, 3 y 4.
Que el mencionado dictamen ha sido debidamente notificado y no ha recibido impugnación alguna en el plazo establecido para ello.
Que el BANCO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (BAPIN) ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación Pública Nacional N° 452-0007- LPU17, correspondiente a la contratación del servicio de inspección de obra, certificación de avance y control de calidad de suministros del proyecto “AMPLIACIÓN SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL”.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma BUREAU VERITAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 33-65804377-9), los renglones de la licitación de que se trata, por ajustarse sus propuestas al Pliego de Condiciones Generales (PLIEG-2017-14083018- APN-SSIE#MEM), al Pliego de Condiciones Especiales (PLIEG-2017-20028441-APN-SSIE#MEM) y al Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-16553384-APN-SSIE#MEM), en un todo de acuerdo con la oferta y según el siguiente detalle:
Renglón N° 1: Inspección de obra y Control de Calidad de suministros de la Obra: “GASODUCTO REGIONAL CENTRO II – Esperanza / Rafaela / Sunchales” (DISTRIBUIDORA LITORAL GAS SOCIEDAD ANÓNIMA), por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS ($17.893.282).
Renglón N° 2: Inspección de obra y Control de Calidad de suministros de la Obra: “SISTEMA CORDILLERANO-PATAGÓNICO”, incluso Planta Compresora “Río Senguerr” y back up Planta Compresora “Gobernador Costa” (DISTRIBUIDORA CAMUZZI GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA / Fideicomiso Gasoducto Patagónico), por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOS ($43.843.002).
Renglón N° 3: Inspección de obra y Control de Calidad de suministros de la Obra: GASODUCTO CORDILLERANO (TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA), por la suma de PESOS TRECE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA ($13.325.740).
Renglón N° 4: Inspección de obra y Control de Calidad de suministros de la Obra: GASODUCTO DE LA COSTA, incluso Planta Compresora “Las Armas” (DISTRIBUIDORA CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANÓNIMA), por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE ($19.128.739).
Total adjudicado para la Licitación: PESOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES ($94.190.763).
ARTÍCULO 3°.- Desestímase la oferta de la firma SGS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (SGS ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 30-54711042-7) para los Renglones Nros. 2 y 4, y la oferta de la firma MASA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (MASA ARGENTINA S.A.) (CUIT N° 30-69617416-0) para los Renglones Nros. 1, 2 y 4, en atención a que las mismas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados en la documentación licitatoria.
ARTÍCULO 4°.- Apruébanse los Modelos de Contratos (IF-2018-06074171-APN-DCC#MEM), (IF-2018-06088060-APN-DCC#MEM), (IF-2018-06088199-APN-DCC#MEM) e (IF-2018-06088366-APN- DCC#MEM), que forman parte integrante de la presente medida y autorízase al Subsecretario de Recursos Hidrocarburíferos de este Ministerio, Ingeniero Marcos POURTEAU (M.I. N° 21.486.886), a la suscripción de los contratos respectivos en virtud de las adjudicaciones dispuestas en el artículo 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS de este Ministerio, la facultad de aprobar los desembolsos correspondientes a las obras y dictar los actos administrativos que dispongan la extinción o modificación de contratos de obra, de corresponder, aprobar las adecuaciones provisorias y redeterminaciones definitivas de precios, del presente contrato, como también todos los trámites relacionados a su ejeccución.
ARTÍCULO 6°.- Instrúyase al área técnica con competencia sustantiva para que, dentro del plazo de DIEZ (10) días previos a la suscripción del acta de inicio, apruebe los índices de precios a ser utilizados para la eventual redeterminación de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Anexo al Decreto N° 691 de fecha 17 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 7°.- Impútase el presente gasto al Ejercicio Financiero correspondiente, Programa 73 - Proyectos 1, 2 y 3, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 1, Jurisdicción 58, del Servicio Administrativo Financiero (SAF) 328, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 8°.- Notifíquese a las firmas CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-65786428-1), MASA ARGENTINA S.A. (CUIT N°30-69617416-0), TRACE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-71068569-6), BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 33-65804377-9), LITORAL GAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-65786633-0), TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-65786206-8) y SGS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-54711042-7), conforme la normativa vigente.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan José Aranguren.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 27/03/2018 N° 20115/18 v. 27/03/2018
Fecha de publicación 27/03/2018