ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESUPUESTO
Resolución 2/2018
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2018
VISTO la Actuación SIGEA N° 17130-336-2018, conforme lo dispuesto en los artículos 419, 422, 429 y 430 del Código Aduanero y de la Ley 25.603 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22415 en el Título II, Capítulo primero y sucesivos y su similar 25603, estipulan la comercialización de mercaderías, habiéndose cumplimentado las etapas que la Ley prevé.
Que la mercadería detallada en el Anexo I IF-2018-00039000-AFIP-DIGERP#DGADUA del presente acto dispositivo fuera ofrecida oportunamente en subasta N° 1860 de fecha 10-03-2017, resultando sin postor y, según Art. 431 Apartado II de la Ley 22415, la misma se procede a ofrecer con un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.
Que la mercadería detallada en el Anexo II IF-2018-00039014-AFIP-DIGERP#DGADUA del presente acto dispositivo fué ofrecida oportunamente en subasta N° 1875 de fecha 31-03-2017, resultando sin postor y, según Art. 431 Apartado II de la Ley 22415, la misma se procede a ofrecer con un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.
Que la mercadería detallada en el Anexo III IF-2018-00039033-AFIP-DIGERP#DGADUA del presente acto dispositivo fué ofrecida oportunamente en subasta N° 1912 de fecha 28-07-2017, resultando sin postor y, según Art. 431 Apartado II de la Ley 22415, la misma se procede a ofrecer con un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.
Que la mercadería detallada en el Anexo IV IF-2018-00039037-AFIP-DIGERP#DGADUA del presente acto dispositivo, se encuentra conforme la facultad conferida a esta Dirección General, habiendo sido previamente verificada, clasificada y valorada.
Que lo mencionado se realizará en pública subasta, en los términos del convenio celebrado entre la ex – ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES para la comercialización de mercaderías a través de dicha entidad.
Que concluída la subasta pública y los actos posteriores relativos a la misma, previo al archivo de las actuaciones, se deberá dar intervención a la División COORDINACIÓN DE SECUESTROS Y REZAGOS en los términos de la Disposición AFIP N° 79/2016.
Que la mercadería en cuestión no requiere la intervención previa de terceros Organismos por parte del comprador previo a su retiro a plaza.
Que la mercadería incluída en la presente no reúne las características necesarias para ser encuadrada en el art. 5° de la Ley 25.603, por no resultar de interés para el debido cumplimiento de las actividades específicas asignadas a los diversos Organismos del Estado Nacional.
Que los valores indicados para su comercialización se han ajustado atento la Instrucción Gral N° 7/2004 DGA.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disposición AFIP N° 79/2016.
Por ello,
LA DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN COORDINACIÓN Y EVALUACIÓN OPERATIVA ADUANERA, A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE GESTION DE LOS RECURSOS Y PRESUPUESTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ordenar la venta de las mercaderías que se detallan en el Anexo I IF-2018-00039000- AFIP-DIGERP#DGADUA, Anexo II IF-2018-00039014-AFIP-DIGERP#DGADUA y Anexo III IF-2018-00039033-AFIP-DIGERP#DGADUA de la presente según el Art. 431 apartado II de la Ley 22415, en el estado en que se encuentran, exhibiendo las mismas a través del BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES al valor base y con las observaciones que en cada caso se indica, ofreciendo un valor base inferior a las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.
ARTÍCULO 2°.- Ordenar la venta de las mercaderías que se detallan en el Anexo IV IF-2018-00039037- AFIP-DIGERP#DGADUA de la presente en el estado en que se encuentran exhibiéndose a través del BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican.
ARTÍCULO 3°.- La subasta se efectuará en acto público en el Salón Nuestra Señora de los Buenos Aires, sito en Esmeralda 660, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 06 de Abril de 2018 a las 11.00 horas. El catálogo con los lotes y sus valores se encuentran disponibles en la página del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES http://www.bancociudad.com.ar/personas/cronograma/Application/Auction/Schedule o en la página de la Afip con el siguiente link http://www.afip.gob.ar/rematesySubastas.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina la presente, por el plazo de un (1) día, como así también en el sitio web oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Comuníquese. Cumplido, pase a la División COORDINACION DE SECUESTROS Y REZAGOS para la supervisión de lo actuado. Luego, de no mediar trámite ulterior archívese. — Gladys Liliana Morando.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 28/03/2018 N° 20360/18 v. 28/03/2018
Fecha de publicación 28/03/2018