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Legislación y Avisos Oficiales
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2047/2018

RESOL-2018-2047-APN-ENACOM#MM - Fecha 23/3/2018 ACTA 32

EXPCOMFER 2396.00.0/2006

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1. Adjudicar al señor Matias Hernan CAVERO (DNI 23.463.393 - CUIT 20-23463393-8), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 254, frecuencia 98.7 MHz, categoría E, identificada con la señal distintiva LRP832, de la localidad de SAN CLEMENTE DEL TUYU, provincia de BUENOS AIRES. 2.- La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada la solicitud de la licenciataria. 3.- Otorgar un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida. 4.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, asciende a la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 5.967), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. 5.- Establecer que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la (ANAC), con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 7.- El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder. 8.- Notifíquese, comuníquese publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 28/03/2018 N° 20120/18 v. 28/03/2018

Fecha de publicación 28/03/2018