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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 93/2018

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-26970243-APN-DCC#MEM, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones, y el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 469 de fecha 29 de noviembre de 2017 de este Ministerio, se convocó la Licitación Pública Nacional, en el marco de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, para la contratación y ejecución del Montaje de Plantas Compresoras para la construcción del proyecto “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL”, bajo los Sistemas de Ajuste Alzado y Unidad de Medida conforme a lo establecido en los artículos 5º, incisos a) y b), y 9º de dicha ley, bajo la modalidad de etapa única, con un Presupuesto Oficial de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS NUEVE ($360.229.309), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, y se aprobó la documentación licitatoria.

Que a través de la Dirección de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio se llevó a cabo el llamado a Licitación Pública Nacional N° 452-0008-LPU17.

Que con fecha 2 de febrero de 2018 se efectuó el Acto de Apertura de Ofertas (IF-2018-05576277-APNDCC#MEM), en el que se recepcionaron TRES (3) propuestas pertenecientes a las firmas: ELECTRIFICADORA DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66195744-8), PEITEL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-51684747-2) y SIMETRA SERVICE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70718499-6).

Que la Comisión Evaluadora, designada al efecto mediante la Disposición N° 1 de fecha 17 de enero de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA de este Ministerio, procedió a intimar oportunamente a los oferentes a subsanar defectos formales de sus propuestas.

Que dicha Comisión emitió el Dictamen de Evaluación de fecha 23 de febrero de 2018 (IF-2018-10631816-APN-DNPIEE#MEM), mediante el cual propuso desestimar las propuestas de las firmas ELECTRIFICADORA DEL VALLE S.A. y SIMETRA SERVICE S.R.L., en atención a que las mismas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados en la documentación licitatoria; también sugirió otorgar primer orden de mérito a la firma PEITEL S.A., para los Renglones Nros. 1, 2 y 3.

Que el mencionado dictamen ha sido debidamente notificado y no ha recibido impugnación alguna en el plazo establecido para ello.

Que el BANCO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (BAPIN) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación Pública Nacional N° 452-0008-LPU17, correspondiente a la contratación y ejecución del Montaje de Plantas Compresoras para la construcción del proyecto “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL”.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma PEITEL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-51684747-2), los renglones de la licitación de que se trata, por ajustarse sus propuestas al Pliego de Condiciones Generales (PLIEG-2017-24810072-APN-DNPIEE#MEM), al Pliego de Condiciones Especiales (PLIEG-2017-26274324-APN-SSIE#MEM) y al Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-24816751-APN-DNPIEE#MEM), en un todo de acuerdo con la oferta y según el siguiente detalle:

Renglón N° 1: OBRA 2: Ampliación del Gasoducto Cordillerano-Patagónico. Grupo 2.1: Planta Compresora Río Senguer (Provincia del CHUBUT), por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA ($186.379.150).

Renglón N° 2: OBRA 2: Ampliación del Gasoducto Cordillerano-Patagónico. Grupo 2.2: Backup Planta Compresora Gobernador Costa (Provincia del CHUBUT), por la suma de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS ($41.803.216).

Renglón N° 3: OBRA 4: Gasoducto de La Costa – Planta Compresora Las Armas (Provincia de BUENOS AIRES), por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO ($161.865.538).

Total adjudicado para la Licitación: PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO ($390.047.904).

ARTÍCULO 3°.-Desestímase la oferta de las firmas ELECTRIFICADORA DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66195744-8) y SIMETRA SERVICE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70718499-6), en atención a que las mismas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la documentación licitatoria.

ARTÍCULO 4°.- Apruébanse los Modelos de Contrato (IF-2018-11659055-APN-DCC#MEM) e (IF-2018-11659705-APN-DCC#MEM), que como Anexos forman parte integrante de la presente medida y autorízase al Subsecretario de Recursos Hidrocarburíferos de este Ministerio, Ingeniero Marcos POURTEAU (M.I. N° 21.486.886), a la suscripción de los contratos respectivos en virtud de las adjudicaciones dispuestas en el artículo 2° de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS de este Ministerio, la aprobación de los desembolsos correspondientes a las obras y el dictado de los actos administrativos que dispongan la extinción o modificación de contratos de obra y, de corresponder, la aprobación de las adecuaciones provisorias y redeterminaciones definitivas de precios del presente contrato, como también todos los trámites relacionados a su ejecución.

ARTÍCULO 6°.- Instrúyese al área técnica con competencia sustantiva para que, dentro del plazo de DIEZ (10) días previos a la suscripción del acta de inicio, apruebe los índices de precios a ser utilizados para la eventual redeterminación de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Anexo al Decreto N° 691 de fecha 17 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 7°.- Impútase el presente gasto al Ejercicio Financiero correspondiente, Programa 73 -Proyectos 2 y 3, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, Jurisdicción 58, del Servicio Administrativo Financiero (SAF) 328, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 8°.- Notifíquese a las firmas ELECTRIFICADORA DEL VALLE S.A., PEITEL S.A. y SIMETRA SERVICE S.R.L., conforme con la normativa vigente.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan José Aranguren.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 03/04/2018 N° 20645/18 v. 03/04/2018

Fecha de publicación 03/04/2018