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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 276/2018

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-18610354-APN-SSTF#MTR del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de febrero de 2018 se dictó la Resolución Nº RESOL-2018-170-APN-MTR del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la que establece como objetivo para el transporte ferroviario de pasajeros y cargas, la creación de un Sistema Nacional de Gestión de la Seguridad Operacional.

Que en el marco de la mentada resolución se aprobó la primera Directiva Nacional de Seguridad Operacional Ferroviaria donde se fijan los lineamientos generales de la gestión de la seguridad operacional en materia ferroviaria en la REPÚBLICA ARGENTINA, conforme los términos de los Informes individualizados como IF-2018-08915593-APN-MTR y sus Apéndices A y B, especificados como IF-2018-08916255-APN-MTR e IF-2018-08917018-APN-MTR, respectivamente.

Que en el dictado de la citada RESOL-2018-170-APN-MTR se ha incurrido en un error material en el Artículo 9° al omitir la publicación de la norma en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobados por el Decreto N° 1759 del 3 de Abril de 1972 (T.O. 2017) contempla la facultad del órgano emisor del acto de rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades contempladas en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° – Rectifícase el error material contenido en el Artículo 9° de la Resolución Nº RESOL-2018-170-APN-MTR de fecha 28 de febrero de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”

ARTÍCULO 2°.- Déjase establecido que se mantienen los demás extremos de la Resolución N° 2018-170-APN-MTR de fecha 28 de febrero de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3° – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.

e. 03/04/2018 N° 20857/18 v. 03/04/2018

Fecha de publicación 03/04/2018