ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 93/2018
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) en la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON NUEVE CENTAVOS ($ 3.243.498,09) correspondientes al periodo comprendido entre los meses de octubre 2015 a marzo de 2016, por incumplimientos del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V y VI y total en el Anexo XIII, del Informe Técnico y Legal obrante a de fojas 226/280 y 293. 2.- Instruir a TRANSNOA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1.3 de la cláusula quinta del Acta Acuerdo refrendada mediante Decreto N° 1.245/2007, destine la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.799.434,88) correspondientes a Líneas y Conexión/Salidas, a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle que se efectúa en el Anexo XIV (fojas 294) al Informe mencionado, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XVII al mismo Informe Técnico y Legal (fojas 297). 3.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que efectúe el débito de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 434.492,24) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A. por indisponibilidad de transformadores, es decir por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, correspondiente a los meses de octubre de 2015 a marzo de 2016, cuyo detalle, duración y monto de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V y VI y total en Anexo XV obrantes a fojas 226/280 y 295, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo en el caso que corresponda. 4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 7.425,95) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A. por incumplimiento de sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, correspondiente a los meses de octubre de 2015 a marzo de 2016, cuyo detalle, duración y monto de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V y VI y total en Anexo XV obrantes a fojas 226/280 y 295, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo en el caso que corresponda. 5.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el débito de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON DOS CENTAVOS ($ 2.145,02) sobre la liquidación de ventas de TRANSNOA S.A. por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes, por los montos detallados en los Anexos I, II, III, IV, V y VI y el total en Anexo XV obrantes a fojas 226/280 y 295, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo en el caso que corresponda. 6.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) cuando complete la liquidación a favor de TRANSNOA S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo Instrumental para el período semestral octubre de 2015 a marzo de 2016. 7.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo II-B del contrato de concesión de TRANSNOA S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 182/2000, los premios que percibirá esta transportista correspondientes al período comprendido entre los meses de octubre de 2015 a marzo de 2016 en la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 160.982,22), de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI y XII, y total en Anexo XVI al Informe Técnico y Legal obrantes a fojas 281/292 y 296. 8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo XVI (fojas 296) para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSNOA S.A. 9.- Notifíquese a CAMMESA y TRANSNOA S.A. con copia de los Anexos del Memorándum N° 356/2017 que obra de fojas 226/297 del Expediente del Visto (IF-2018-13013599-APN-SD#ENRE). Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1.759/72 (T.O. 2017), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 10.- Publíquese en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 226/297. 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30
Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 04/04/2018 N° 21128/18 v. 04/04/2018
Fecha de publicación 04/04/2018