Edición del
19 de Octubre de 2021

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 47/2018

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-21127072-APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 27.231 y su Decreto Reglamentario N° 692 de fecha 1 de septiembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.231 de “Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola” tiene por objeto regular, fomentar y administrar el desarrollo de la actividad de la acuicultura dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, disponiendo las normativas generales necesarias para su ordenamiento.

Que por el Artículo 2° del Decreto N° 692 de fecha 1 de septiembre de 2017,reglamentario de la mencionada ley, se estableció que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA será la Autoridad de Aplicación de la citada Ley, pudiendo delegar el ejercicio de esa facultad en un órgano de rango no inferior a Subsecretaría.

Que la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA tiene como objetivo promover el desarrollo de la acuicultura, como actividad de cultivo y explotación de especies acuáticas, como así también asistir en el otorgamiento de los beneficios provenientes de la promoción sectorial concedida o a conceder a la pesca y a la acuicultura.

Que por lo expuesto, y a los fines de la mayor celeridad y eficacia en el ejercicio de competencias del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, resulta conveniente delegar la facultad otorgada al mismo por el Artículo 2° del mencionado Decreto N° 692/17 en la citada Subsecretaría.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y por el Artículo 3º de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA el ejercicio de la facultad otorgada al mencionado Ministerio por el Artículo 2° del Decreto N° 692 de fecha 1 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Miguel Etchevehere.

e. 06/04/2018 N° 22191/18 v. 06/04/2018

Fecha de publicación 06/04/2018