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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 154/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2018

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 0.11.1, Revisión 3: “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I”; la Norma AR 0.11.4: “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase II y Clase III del Ciclo de Combustible Nuclear”; el Procedimiento de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR G-DIR-10, Revisión 06: “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I y Clase II y III del Ciclo de Combustible Nuclear”; lo actuado por las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS han verificado que la formación, capacitación, y el reentrenamiento de los solicitantes de Licencias Individuales, de Renovaciones de Autorizaciones Específicas y de Permiso Individual se ajustan a los requerimientos establecidos en las Normas AR 0.11.1 y AR 0.11.4 y el Procedimiento citado en el VISTO.

Que el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I y CLASE II Y III DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), en su Nota N° 10144060 del corriente año, correspondiente a la Reunión N° 312, recomendó dar curso favorable a los trámites de solicitudes de Licencias Individuales, de Renovaciones de Autorizaciones Específicas para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I y de Permiso Individual para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase II y III del Ciclo de Combustible Nuclear.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso b) y c) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 28 de marzo de 2018 (Acta N° 12),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar las Licencias Individuales, Renovaciones de Autorizaciones Específicas y el Permiso Individual correspondientes a la Reunión del CALPIR N° 312, que se listan como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina y archívese. — Nestor Alejandro Masriera, Presidente.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 10/04/2018 N° 22367/18 v. 10/04/2018

Fecha de publicación 10/04/2018