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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2069/2018

RESOL-2018-2069-APN-ENACOM - Fecha 23/3/2018 - ACTA 32

EXPCOMFER 1070.00.0/2006

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1. Adjudicar al MOVIMIENTO CRISTIANO Y MISIONERO, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 224, frecuencia 92.7 MHz., categoría E, identificada con la señal distintiva LRM941, de la localidad de JUNIN, provincia de BUENOS AIRES. 2.- La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3 .- Otorgar un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida. 4 .- Establecer que, dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificado el presente acto, la licenciataria deberá acompañar copia certificada del estatuto –con constancia de su inscripción en el registro correspondiente- en el cual se amplíe su objeto social de manera de contemplar la explotación de servicios de comunicación audiovisual. 5 .- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 8.439), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades, dentro de los TREINTA (30) días corridos de publicada la presente. 6 .- Establecer que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 7 .- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8 .- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder. 9 .- Determinar que el reconocimiento correspondiente a la emisora “FM RENDICIÓN”, de la localidad de JUNÍN, provincia de BUENOS AIRES, establecido por la Resolución Nº 753-COMFER/06 ha decaído de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º de la Resolución Nº 1.366-COMFER/06, sin perjuicio de lo cual, el cese efectivo de las emisiones tendrá lugar el día en que se habilite el servicio que por la presente se adjudica. 10.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

Nota: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 10/04/2018 N° 22590/18 v. 10/04/2018

Fecha de publicación 10/04/2018