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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 545/2018

Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2018

VISTO el expediente Nº 3630/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 769 de fecha 9 de junio de 2016 y Nº 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones INCAA Nº 1 de fecha 2 de enero de 2017 y sus modificatorias y Nº 1009 de fecha 4 de Mayo de 2017, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que asimismo, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece en el artículo 5º que el Consejo Asesor tendrá como función, entre otras, la de “…designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integrarán con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales”.

Que por su parte, el Artículo 2º del Decreto Nº 1346/2016 establece en los términos del artículo 31º de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tres modalidades de producción: a) producciones destinadas a audiencia masiva; b) producciones destinadas a audiencia media; y c) producciones de convocatoria previa.

Que en ese marco, se dictó la Resolución INCAA N° 1/2017 y sus modificatorias, por medio de la cual se aprueba el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO (RGF) que contiene, entre otras medidas, la normativa aplicable a la asignación, liquidación y pago de subsidios a las distintas modalidades de producción cinematográfica de películas nacionales de largometraje, como así también la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que asimismo, el artículo 21º del Anexo I de la Resolución INCAA Nº 1/2017 y sus modificatorias establece la conformación del COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN, el cual estará compuesto por CINCO (5) integrantes, los cuales serán seleccionados entre Productores, Directores, Guionistas Cinematográficos, Actores Nacionales y Técnicos de la Industria Cinematográfica Nacional con debida trayectoria y experiencia.

Que en los casos de películas de Animación integrará, además el comité UN (1) Productor con antecedentes en películas nacionales de animación, para lo cual fue designado por Resolución INCAA Nº 1009/2017 al Sr. Federico BADIA (DNI Nº 23.326.298).

Que el Comité será designado en forma semestral y evaluarán hasta TREINTA (30) proyectos de ficción y/o animación presentados por ventanilla continua destinados a Audiencia Media, los cuales ingresarán al Comité desde la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual, a medida que se vayan presentando y con los requisitos completos que avalan su presentación.

Que los miembros del Comité que por la presente se designan cesarán en sus funciones a los SEIS (6) meses, contados a partir de lo estipulado en el contrato que será firmado oportunamente.

Que de superarse los TREINTA (30) proyectos se procederá a la designación de un nuevo Comité que comenzará a trabajar sobre los proyectos presentados en condiciones de ser evaluados en ese momento, siguiendo la misma mecánica que el Comité anterior.

Que de acuerdo a la cantidad de proyectos presentados y en condiciones de ser evaluados por los Comités, y al ritmo de presentación de los mismos, puede suceder que más de un Comité se encuentre en funciones en forma simultanea dado el carácter de las tareas a cumplir.

Que resulta necesario designar a los miembros que integrarán el COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN; para la clasificación de proyectos presentados por ventanilla continua destinados a Audiencia Media.

Que la Productora Milagros ROQUE PITT (DNI Nº 24.755.101), el Director Ezio Rafael MASSA (DNI Nº 22.192.419), la Guionista Sandra Beatriz GUGLIOTTA, (DNI Nº 17.166.690), el Técnico Norberto Isidoro RAPADO (DNI Nº 4.429.393) y el Actor Carlos Eduardo BERRAYMUNDO (DNI Nº 17.203.569), cumplen con los requisitos de admisibilidad que se fijan en el artículo 21° del Anexo I de la Resolución INCAA N° 1/2017 y sus modificatorias, a los fines de la integración del COMITÉ Nº 3 DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN.

Que dichos miembros fueron designados por el Consejo Asesor nombrado por Decreto Nº 769/2016, conforme lo previsto en el artículo 5º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar como miembros del COMITÉ Nº 3 DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN, a la Productora Milagros ROQUE PITT (DNI Nº 24.755.101), al Director Ezio Rafael MASSA (DNI Nº 22.192.419), a la Guionista Sandra Beatriz GUGLIOTTA, (DNI Nº 17.166.690), al Técnico Norberto Isidoro RAPADO (DNI Nº 4.429.393) y al Actor Carlos Eduardo BERRAYMUNDO (DNI Nº 17.203.569), quienes sesionarán por el período de SEIS (6) meses, a partir de lo estipulado en el contrato que será firmado oportunamente, y cesará en sus funciones vencido dicho plazo; y/o una vez analizados los TREINTA (30) proyectos presentados a clasificación por ventanilla continua destinados a Audiencia Media.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — Ralph Douglas Haiek.

e. 13/04/2018 N° 24266/18 v. 13/04/2018

Fecha de publicación 13/04/2018