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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Decreto 303/2018

Acéptase excusación.

Ciudad de Buenos Aires, 13/04/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-11814988-APN-DDYME#MA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificatorias y la Ley N° 25.188 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, el señor MINISTRO DE AGROINDUSTRIA ha solicitado se acepte su excusación para tomar intervención, en su gestión pública, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas humanas o jurídicas a las que se hubiera vinculado en los TRES (3) últimos años, en particular, si les hubiera prestado servicios en dicho período, las sociedades ETCHEVEHERE RURAL S.R.L., CONSTRUCCIONES DEL PARANÁ S.A., LOS VASCOS PROPIEDADES S.A., ESTABLECIMIENTO RURAL LA MARGARITA S.A., S.A. ENTRE RÍOS y la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA; y para tomar intervención, en su gestión pública, en cuestiones particularmente relacionadas con las empresas en las que tuviera participación societaria, en particular, las sociedades ETCHEVEHERE RURAL S.R.L., CONSTRUCCIONES DEL PARANÁ S.A., LOS VASCOS PROPIEDADES S.A., ESTABLECIMIENTO RURAL LA MARGARITA S.A. y S.A. ENTRE RíOS; en ambos supuestos en todas las actuaciones que pudiera corresponder su intervención en ejercicio de las competencias propias de dicho Ministerio.

Que dicha solicitud de excusación fue presentada por el mencionado funcionario mediante la Nota N° NO-2018-11952148-APN-MA.

Que las razones y circunstancias invocadas por el funcionario, como fundamento de su excusación, encuadran en la situación prevista por los artículos 6° de la Ley Nº 19.549 y 15 inciso b) de la Ley Nº 25.188, correspondiendo por lo tanto hacer lugar a tal solicitud.

Que resulta oportuno y procedente, en este caso, encomendar la decisión de los asuntos mencionados al titular del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la excusación presentada por el señor MINISTRO DE AGROINDUSTRIA, D. Luis Miguel ETCHEVEHERE (D.N.I. N° 14.718.347), para intervenir durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas humanas o jurídicas a las que se hubiera vinculado en los TRES (3) últimos años, en particular, si les hubiera prestado servicios en dicho período, las sociedades ETCHEVEHERE RURAL S.R.L., CONSTRUCCIONES DEL PARANÁ S.A., LOS VASCOS PROPIEDADES S.A., ESTABLECIMIENTO RURAL LA MARGARITA S.A., S.A. ENTRE RÍOS y la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA; y para tomar intervención, en su gestión pública, en cuestiones particularmente relacionadas con las empresas en las que tuviera participación societaria, en particular, las sociedades ETCHEVEHERE RURAL S.R.L., CONSTRUCCIONES DEL PARANÁ S.A., LOS VASCOS PROPIEDADES S.A., ESTABLECIMIENTO RURAL LA MARGARITA S.A. y S.A. ENTRE RÍOS; en ambos supuestos en todas las actuaciones que pudiera corresponder su intervención en ejercicio de las competencias propias de dicho Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase la decisión de las actuaciones mencionadas en el artículo precedente, al titular del MINISTERIO DE TURISMO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — José Gustavo Santos. — Luis Miguel Etchevehere.

e. 16/04/2018 N° 24988/18 v. 16/04/2018

Fecha de publicación 16/04/2018