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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 304/2018

Ciudad de Buenos Aires, 13/04/2018

VISTO el Expediente N° 11252/2017 (Cpos. I/III) del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 412 del 14 de septiembre de 1987, la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES Nº 481 del 15 de agosto de 1990 y la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 2017-627-APN-SSS#MS del 3 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO, el SINDICATO DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO solicita se registre el Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO (RNOS Nº 1-2870-6).

Que a fs. 479/486, luce el ejemplar de Estatuto acompañado por la entidad, con la rúbrica y sello en cada una de sus fojas del Secretario General de la asociación sindical.

Que el instrumento referido, se ajusta a las constancias de autos y a la normativa de aplicación.

Que es del caso recordar, que por Resolución N° 2017-627-APN-SSS#MS de fecha 3 de agosto de 2017, se inscribió en el Registro Nacional de Obras Sociales, como Agente del Seguro de Salud, a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO, bajo el Nº 1-2870-6.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 717 de fecha 12 de septiembre de 2017.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE Y REGÍSTRASE el ejemplar de Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO (RNOS Nº 1-2870-6), que corre agregado a fs. 479/486 del expediente citado en el VISTO.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la intervención de su competencia y, oportunamente archívese. — Sandro Taricco.

e. 19/04/2018 N° 26058/18 v. 19/04/2018

Fecha de publicación 19/04/2018