BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6487/2018
11/04/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 – 941, LISOL 1 - 788. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa Global de Cancelación de Pasivos Financieros de la Provincia de Río Negro”.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de deuda pública a ser emitidos en el mercado local por la Provincia de Río Negro por hasta la suma de valor nominal $ 2.500.000.000, en el marco del “Programa Global de Cancelación de Pasivos Financieros de la Provincia de Río Negro” –creado por el Decreto Provincial Nº 84/18– y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución N° 58/18 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación.
Al no contar estos títulos de deuda pública con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir las disposiciones aplicables en materia de “Capitales mínimos de las entidades financieras” y de “Fraccionamiento del riesgo crediticio” (puntos 2.6.2.8. –mayor ponderador de riesgo– y 5.3.4.2. acápite ii) –cupo del 5% de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad–, respectivamente).”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 26/04/2018 N° 28122/18 v. 26/04/2018
Fecha de publicación 26/04/2018