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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 51/2018

Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2018

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, el Decreto Reglamentario N° 1344/07 y su modificatorio, el Decreto N° 72/18, los Decretos N° 971/93, N° 2147/09, la Decisión Administrativa N° 317/18, el Expediente EX-2018-12936318-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 971/93 –modificado por el Decreto N° 2147/09- se creó el cargo de auditor interno, con carácter extraescalafonario, fijando su remuneración y previendo su designación y remoción por resolución de la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad a la que correspondiera.

Que de acuerdo lo expresan los considerandos del Decreto N° 72/18, “La mayor complejidad y tecnificación alcanzada por la creciente especialización del Sector Público Nacional hacen necesaria una mayor profesionalización de los auditores internos”, por lo que el Presidente de la Nación consideró necesario modificar el artículo 102 del Decreto N° 1344/07 (reglamentario de la Ley 24.156) y establecer que los auditores internos serán designados por Resolución del Síndico General de la Nación, de acuerdo a un análisis pormenorizado de los perfiles técnicos más adecuados para cada organismo en concreto.

Que por Decisión Administrativa N° 317/18 se aprobó la estructura de primer nivel operativo del Ministerio de Turismo, las responsabilidades y acciones de sus áreas, entre las que se encuentra la Unidad de Auditoría Interna, con dependencia directa del Ministro de Turismo.

Que por NO-2018-12478532-APN-DAYF#INPROTUR la Directora de Administración y Finanzas, a cargo del área de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Promoción Turística, informó la renuncia por jubilación, a partir del 20 de marzo del corriente, de su actual Auditor Interno.

Que en base a la instrucción establecida en el art. 2° del Decreto N° 72/18, esta Sindicatura se encuentra trabajando en el rediseño de los requisitos profesionales necesarios para seleccionar a los titulares de las unidades de auditoría interna con criterio técnico, en pos de un control interno más eficaz, a cargo de profesionales altamente capacitados e imparciales.

Que teniendo en cuenta que la reglamentación en cuestión se encuentra aún en proceso de elaboración, y a fin de no resentir el funcionamiento de un área tan crítica como lo es la del control interno, la Gerencia de Control Interno I propuso un candidato que se adecua a las necesidades técnicas que el cargo demanda.

Que en tal sentido, se ha sugerido al Dr. Alejandro Ariel LAURO (DNI 23.701.677) por entender que satisface acabadamente los requisitos técnicos, laborales y académicos para desempeñar de un modo diligente y eficaz el cargo de titular de la Unidad de Auditoría Interna, según lo constatan las opiniones favorables de la Gerencia mencionada anteriormente y la Secretaría Técnica de Control y Fiscalización.

Que el candidato deberá cesar en su actual cargo de titular de la Unidad de Auditoría Interna de TELAM S.A. y P (e.l.) al momento de efectivizarse lo dispuesto en la presente.

Que se ha acreditado debidamente la vacancia del cargo y, por ende, su financiamiento.

Que en consonancia con lo establecido en la Resolución N° 20/18 de la Secretaría de Empleo Público, obran agregados al expediente todos los antecedentes profesionales y laborales del candidato y las declaraciones juradas pertinentes.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 72/2018.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar al Dr. Alejandro Ariel LAURO (DNI 23.701.677), en el cargo de titular de la Unidad Auditoría Interna del Instituto Nacional de Promoción Turística, dependiente del Ministerio de Turismo, a partir del primer día hábil siguiente a la fecha se su notificación y cumplido que sea el cese en su actual cargo.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que no obstante el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta Sindicatura General, la persona designada deberá cumplir con la presentación de la documentación que le requiera el Ministerio de Turismo, a fin de completar su legajo personal.

ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, comunicar al Director del Instituto Nacional de Promoción Turística, al Ministro de Turismo, al Ministro de Modernización de la Nación, a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y remitir al área de recursos humanos del Ministerio de Turismo para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. — Alberto Gowland.

e. 04/05/2018 N° 30133/18 v. 04/05/2018

Fecha de publicación 04/05/2018