ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Por la Resolución N° 240 de fecha 26 de abril de 2018 (RESOL-2018-240-APN-ANAC#MTR) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, dictada en el marco del EXP-ANC:0001024/2017, se dispuso lo siguiente: “ARTÍCULO 1° - Dispóngase la remoción de las aeronaves matrículas LV- BGZ, LV-VBZ y LV-VAG sitas en el Aeropuerto Internacional de San Juan, LV-ZZA, LV-ZZC, LV-YGB y LV-FYT sitas en el Aeropuerto Internacional de Córdoba y LV-HJE y LV-CEJ sitas en el Aeropuerto Internacional de Bariloche. ARTÍCULO 2° - Facúltase al Director General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para actuar como representante de esta Autoridad Aeronáutica de conformidad con lo expresado en el artículo 1° de la presente y gestionar la remoción de las aeronaves en cuestión. ARTÍCULO 3° -Notifíquese la presente medida a los titulares dominiales de las aeronaves matrículas LV- BGZ, LV-VBZ, LV-VAG, LV-ZZA, LV-ZZC, LV-YGB, LV-FYT, LV-HJE y LV-CEJ, y póngase en conocimiento que los costos de remoción y mantenimiento de las mismas deberán ser soportados por ellos. ARTÍCULO 4° - Comuníquese, notifíquese al Director General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios, infórmese al Departamento Registro Nacional de Aeronaves dependiente de la Dirección de Licencias al Personal de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional sobre la presente medida, publíquese como edicto por DOS (2) días en el Boletín Oficial, y oportunamente archívese. FDO. Dr. Tomás INSAUSTI –ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL”.
Luis Fernando Lucas Capella, Asistente Administrativo, Administración Nacional de Aviación Civil.
e. 07/05/2018 N° 30208/18 v. 08/05/2018
Fecha de publicación 07/05/2018