BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6473/2018
22/03/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 - 937, LISOL 1 - 785. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de deuda pública de la Provincia de Buenos Aires.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de deuda pública a ser emitidos en el mercado local por la provincia de Buenos Aires por hasta la suma de valor nominal $ 22.000.000.000, de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones N° 88/18 del Ministerio de Economía provincial y N° 52/18 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 09/05/2018 N° 31311/18 v. 09/05/2018
Fecha de publicación 09/05/2018