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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 64/2018

Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2018

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, el Decreto Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993 y sus modificatorios, el Decreto Reglamentario N° 1344/07 y su modificatorio, el Decreto N° 1527/04, el Decreto N° 72/18, la Resolución SIGEN Nº 17/06, el Expediente EX-2018-15974765-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 971/1993 –modificado por el Decreto N° 2147/2009- se creó el cargo de auditor interno, con carácter extraescalafonario, fijando su remuneración y previendo su designación y remoción por resolución de la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad a la que correspondiera.

Que de acuerdo lo expresan los considerandos del Decreto N° 72/2018, “La mayor complejidad y tecnificación alcanzada por la creciente especialización del Sector Público Nacional hacen necesaria una mayor profesionalización de los auditores internos”, por lo que el Presidente de la Nación consideró necesario modificar el artículo 102 del Decreto N° 1344/2007 (reglamentario de la Ley N° 24.156) y establecer que los auditores internos serán designados por Resolución del Síndico General de la Nación, de acuerdo a un análisis pormenorizado de los perfiles técnicos más adecuados para cada organismo en concreto.

Que por Decreto N° 1527/04 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA), las responsabilidades y acciones de sus áreas, entre las que se encuentra la Unidad de Auditoría Interna, con dependencia directa de la presidencia.

Que por Nota UAI N° 179/17, el Cdor. Osvaldo Acevedo informó su renuncia al cargo de Auditor Interno del Instituto mencionado por haberse acogido al beneficio jubilatorio en enero de 2018.

Que en base a la instrucción establecida en el art. 2° del Decreto N° 72/18, esta Sindicatura se encuentra trabajando en el rediseño de los requisitos profesionales necesarios para seleccionar a los titulares de las unidades de auditoría interna con criterio técnico, en pos de un control interno más eficaz, a cargo de profesionales altamente capacitados e imparciales.

Que teniendo en cuenta que la reglamentación en cuestión se encuentra aún en proceso de elaboración, y a fin de no resentir el funcionamiento de un área tan crítica como lo es la del control interno, la Gerencia de Control Interno I propuso a un candidato para cubrir el cargo vacante que se adecua a las necesidades que el puesto requiere y cumple con los requisitos técnicos establecidos en la normativa vigente -Resolución N° 17/SIGEN/06-.

Que en tal sentido, se ha sugerido Cr. Daniel Osvaldo FRASER por entender que satisface acabadamente los requisitos técnicos, laborales y académicos para desempeñar de un modo diligente y eficaz el cargo de titular de la Unidad de Auditoría Interna, según lo constatan las opiniones favorables de la Gerencia mencionada anteriormente y de la Secretaría Técnica de Control y Fiscalización.

Que, en este estado, teniendo en cuenta la importancia que reviste la cobertura del cargo en cuestión, se considera conveniente designar al profesional mencionado como titular de la Unidad de Auditoría Interna del INA.

Que en consonancia con lo establecido en la Resolución N° 20/2018 de la Secretaría de Empleo Público, obran agregados al expediente todos los antecedentes profesionales y laborales del candidato y las declaraciones juradas pertinentes.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 72/2018.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar al Cr. Daniel Osvaldo FRASER (DNI Nº 12.010.121), en el cargo de titular de la Unidad de Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del día hábil siguiente al de la notificación al organismo.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que no obstante el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta Sindicatura General, la persona designada deberá cumplir con la presentación de la documentación que le requiera el Instituto en cuestión, a fin de completar su legajo personal.

ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, comunicar al Presidente del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, al Ministerio de Modernización, a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Alberto Gowland.

e. 11/05/2018 N° 32420/18 v. 11/05/2018

Fecha de publicación 11/05/2018