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11 de Enero de 1993

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 65/2018

Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2018

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, el Decreto Nº 971/93 y sus modificatorios, el Decreto Reglamentario N° 1344/07 y su modificatorio, el Decreto N° 72/18, la Resolución SIGEN Nº 17/06, la Decisión Administrativa N° 682/16 y su modificatoria, el Expediente EX-2018-12936039-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 971/1993 –modificado por el Decreto N° 2147/2009- se creó el cargo de auditor interno, con carácter extraescalafonario, fijando su remuneración y previendo su designación y remoción por resolución de la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad a la que correspondiera.

Que de acuerdo lo expresan los considerandos del Decreto N° 72/2018, “La mayor complejidad y tecnificación alcanzada por la creciente especialización del Sector Público Nacional hacen necesaria una mayor profesionalización de los auditores internos”, por lo que el Presidente de la Nación consideró necesario modificar el artículo 102 del Decreto N° 1344/2007 (reglamentario de la Ley N° 24.156) y establecer que los auditores internos serán designados por Resolución del Síndico General de la Nación, de acuerdo a un análisis pormenorizado de los perfiles técnicos más adecuados para cada organismo en concreto.

Que por Decisión Administrativa N° 682/16 y su modificatoria, se estableció la estructura organizativa de primer nivel operativo del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), dependiente de Ministerio de Comunicaciones, estableciendo las responsabilidades primarias y acciones de sus áreas, entre las que se encuentra la Unidad de Auditoría Interna, con dependencia directa del directorio.

Que en oportunidad de efectuar el informe de supervisión anual sobre la Unidad de Auditoría Interna del ENACOM, la Sindicatura Jurisdiccional de Comunicaciones y Turismo dejó asentado que desde la creación del mencionado ente –Decreto N° 267 de diciembre de 2015-, no se ha designado Auditor Interno titular.

Que luego del dictado del Decreto N° 72/18 y con el objetivo de lograr la cobertura del puesto en cuestión, la Gerencia de Control Interno I inició las presentes actuaciones (IF-2018-18340175-APN-GCII#SIGEN) y propuso para ello a la Contadora Pública Silvia Liliana VICTORIA, actual Auditora Interna Adjunta del ente.

Que del análisis de los antecedentes de la candidata, surge que la misma cumple con los requisitos técnicos establecidos en la Resolución SIGEN N° 17/06, habiendo emitido opinión favorable sobre su perfil profesional tanto la Gerencia mencionada, como la Subgerencia de Inversión Pública y la Secretaría Técnica de Control y Fiscalización.

Que se recurrió a los parámetros establecidos en la resolución ante dicha, toda vez que el reglamento que se dictará en base a las instrucciones emanadas del Artículo 2° del Decreto N° 72/ 2018, respecto de los nuevos requisitos que conformarán el perfil de auditor interno titular y su proceso de selección, se encuentra aún en proceso de elaboración.

Que, en este estado, teniendo en cuenta la importancia que reviste la cobertura del cargo en cuestión, en pos de favorecer la eficacia del control interno del Sector Público Nacional, se considera conveniente designar a la profesional mencionada como titular de la Unidad de Auditoría Interna en cuestión.

Que en consonancia con lo establecido en la Resolución N° 20/2018 de la Secretaría de Empleo Público, obran agregados al expediente todos los antecedentes profesionales y laborales del candidato y las declaraciones juradas pertinentes.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 72/2018.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar a la Contadora Pública Silvia Liliana VICTORIA (DNI 17.856.423), en el cargo de titular de la Unidad de Auditoría Interna del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, dependiente del Ministerio de Comunicaciones, a partir del día hábil siguiente al de la notificación al organismo.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que no obstante el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta Sindicatura General, la persona designada deberá cumplir con la presentación de la documentación que le requiera el ente en cuestión, a fin de completar su legajo personal.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a la interesada, comunicar al Presidente del Ente Nacional Comunicaciones, al Ministerio de Comunicaciones, al Ministerio de Modernización de la Nación, a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Alberto Gowland.

e. 11/05/2018 N° 32405/18 v. 11/05/2018

Fecha de publicación 11/05/2018