MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa 1008/2018
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-29114497-APN-DRHDYME#MSG, la Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las Decisiones Administrativas N° 421 de fecha 5 de mayo de 2016 y su modificatoria y N° 299 del 9 de marzo de 2018, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 225 de fecha 1º de junio de 2016 y sus modificatorias, lo solicitado por el citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que mediante el Decreto N° 355/17, se dispuso, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, como así también toda reincorporación de personal, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por la Decisión Administrativa N° 299/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 421/16 y sus modificatorias, se aprobó la entonces estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Ministerio.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 225/16 y sus modificatorias, se aprobó la entonces estructura organizativa de segundo nivel operativo y las coordinaciones, y se incorporaron, homologaron, ratificaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) diversos cargos del referido Ministerio.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinador de Análisis e Intervención en Materia Judicial dependiente de la ex -DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y ENLACE CON LOS PODERES JUDICIALES de la entonces SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de la entonces SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1º de diciembre de 2017 hasta el 8 de marzo de 2018, a la Doctora Doña Mirta Susana GALLARDO (D.N.I. N° 11.921.869), en el entonces cargo de Coordinadora de Análisis e Intervención en Materia Judicial dependiente de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y ENLACE CON LOS PODERES JUDICIALES de la ex SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de la entonces SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel B, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
e. 16/05/2018 N° 34059/18 v. 16/05/2018
Fecha de publicación 16/05/2018