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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decisión Administrativa 1029/2018

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-08548315-APN-DDYME#MEM, la Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio, las Decisiones Administrativas N° 761 de fecha 27 de julio de 2016 y N° 316 de fecha 13 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 174/18 y su modificatorio se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 316/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que a través del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la entonces conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 761 de fecha 27 de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la entonces estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron del Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes al citado Ministerio.

Que deviene necesario por razones de servicio, en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, cubrir transitoriamente UN (1) cargo vacante correspondiente a la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y TRANSPARENCIA actual DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA MINERA del referido Ministerio.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, a fin de atender el gasto resultante de la designación alcanzada por la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de mayo de 2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a la Licenciada en Economía Rita Matilde JORDAN (M.I. N° 13.254.134) en el entonces cargo de Director Nacional de Información Minera y Transparencia (Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SI.N.E.P.) actual DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII y en el Título IV del SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.

e. 17/05/2018 N° 34561/18 v. 17/05/2018

Fecha de publicación 17/05/2018