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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIA

Disposición 129/2018

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2018

VISTO el Expediente EX-2018-11943978- -APN-DGD#MP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 331 de fecha 11 de mayo de 2017, se establecieron alícuotas reducidas del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del CINCO POR CIENTO (5 %), del DOS POR CIENTO (2 %) y del CERO POR CIENTO (0 %), para la importación de determinados vehículos automóviles híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno), completos, tanto totalmente armados (CBU), como semidesarmados (SKD) y totalmente desarmados (CKD), por un período de TREINTA Y SEIS (36) meses y un límite máximo de SEIS MIL (6.000) unidades.

Que a través de la Resolución N° 536 de fecha 18 de julio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se establecieron los requisitos y demás formalidades que deberán observar las empresas terminales interesadas en importar los vehículos alcanzados por el Decreto N° 331/17, con la reducción arancelaria allí establecida, así como el procedimiento y los criterios para la asignación de los cupos respectivos por parte de la ex SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, en tal sentido, en el Artículo 3° de la citada resolución, se estableció que la distribución del cupo previsto en el Decreto N° 331/17, se realizará en forma trimestral a computarse desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la misma, tomando en consideración todas las solicitudes presentadas hasta ese momento. El remanente del cupo no utilizado en el trimestre se acumulará para su asignación en el trimestre subsiguiente.

Que, mediante la Resolución N° 20 de fecha 12 de abril de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se asignó a la firma TOYOTA ARGENTINA S.A. un cupo de DOSCIENTOS DOCE (212) vehículos, como parte del cupo de QUINIENTOS (500) vehículos automotores híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (Hidrógeno) que podrán ser importados con la reducción arancelaria prevista en el Decreto N° 331/17, correspondiente al período comprendido entre los días 21 de abril y 21 de julio de 2018.

Que, con fecha 20 de marzo de 2018, mediante la presentación obrante en el expediente citado en el Visto, la firma RENAULT ARGENTINA S.A., solicitó un cupo de importación de CUARENTA (40) unidades de vehículos eléctricos, de los cuales CINCO (5) corresponden al modelo F L1 AZ GE: KANGOO Z.E. 2A y TREINTA Y CINCO (35) corresponden al modelo F L2 2PAZ GE: KANGOO Z.E. MAXI 2A, para el período mencionado precedentemente.

Que la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, mediante el informe, IF-2018-20700751-APN-DNI#MP, ha señalado que “...teniendo en cuenta la existencia de un remanente de 288 (doscientos ochenta y ocho) vehículos sin haber sido asignados correspondiente al trimestre en cuestión, no existiendo ninguna puja por acceder al cupo previsto por parte de otras terminales automotrices, se estima que no existen impedimentos para acceder a lo solicitado, razón por la cual podría emitirse el correspondiente certificado por las cantidades solicitadas por la firma RENAULT ARGENTINA S.A. de los modelos detallados anteriormente”.

Que el Artículo 5º de la Resolución N° 536/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, sustituído por el Artículo 12 de la Resolución Nº 28 de fecha 20 de abril del 2018 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, estableció que la Dirección Nacional de Industria emitirá, en un plazo no superior a TREINTA (30) días de recibidas todas las solicitudes de cupo relativas al trimestre correspondiente, el acto administrativo que dé cuenta de los cupos asignados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y por el Artículo 12 de la Resolución Nº 28/18 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE INDUSTRIA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase a la firma RENAULT ARGENTINA S.A., para el período comprendido entre los días 21 de abril y 21 de julio de 2018, un cupo de CUARENTA (40) vehículos automotores híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (Hidrógeno), que podrán ser importados con la reducción arancelaria prevista en el Decreto Nº 331 de fecha 11 de mayo de 2017.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andres Civetta.

e. 18/05/2018 N° 34500/18 v. 18/05/2018

Fecha de publicación 18/05/2018