MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 511/2018
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2018
VISTO el Expediente MD Nº 24810/13 de este MINISTERIO DE DEFENSA, la RESOL-2018-429-APN-MD del 10 de Mayo de 2018 del MINISTERIO DE DEFENSA, y
CONSIDERANDO:
Que la RESOL-2018-429-APN-MD detenta un error material involuntario en el artículo 3°, pues donde dice: “Registrese, comuníquese y archívese.” Debió decir: “ Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”
Que atento que los antecedentes narrados son resultado de un error material involuntario que no es susceptible de afectar derechos subjetivos o intereses legítimos, no se requiere la previa intervención del Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio.
Que al respecto el Reglamento de la Ley nacional de Procedimientos Administrativos (RLNPA) en su articulo N° 101 prevé la subsanación de los simples errores materiales, mediante el dictado de otro acto que corrija el error material deslizado.
Que asimismo la corrección correspondiente no modifica en lo sustantivo al acto objeto de rectificación.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 101 y concordantes en la materia, del Decreto N° 1759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase en el articulado de la RESOL-2018-429-APN-MD donde dice “ARTÍCULO 3°- Regístrese, comuníquese y archívese”, por el “ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el articulo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 (T.O.1991).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Oscar Raúl Aguad
e. 24/05/2018 N° 36572/18 v. 24/05/2018
Fecha de publicación 24/05/2018