Edición del
21 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE ROSARIO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1ro. de la Ley 25603 para las mercaderias que se encuentran en la situacion prevista en el Art. 417 de la Ley 22415 comunica por unica vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderias cuya identificacion a continuacion se indica, que podran dentro del plazo de TREINTA(30) dias corridos, solicitar alguna destinacion autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procedera de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5 to. de la Ley 25603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderias, a efectos de solicitar alguna destinacion aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE ROSARIO CALLE 3 DE FEBRERO 1331 - 2000 – ROSARIO – SANTA FE

DepositoMedioArriboManifiestoConocimientosBultosCantidadMercaderia
ENANORDAMELIA08/03/1818052MANI007582XBRZZZ7SHA091525ABultos410ALFOMBRAS
ENAMSC NITA23/03/1818052MANI009505FBRSTSSHAROS180204Bultos293LONAS DE PVC
ENAMSC NITA23/03/1818052MANI009489ZBRSTSSHAROS180204Bultos430LONAS

Juan José Lionello, A/C c/Firma Responsable, División Aduana de Rosario, DI RAHI.

e. 24/05/2018 N° 36500/18 v. 24/05/2018

Fecha de publicación 24/05/2018