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10 de Septiembre de 2018

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 111/2018

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-29546510--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 381 del 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución citada en el Visto, se instruyó a las Secretarías, Subsecretarías y entes descentralizados, actuantes en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a realizar una propuesta de reordenamiento normativo para cada una de sus dependencias, en el marco del “Plan de Modernización del Estado”, aprobado por el Decreto N° 434 del 1 de marzo de 2016, de las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación”, aprobadas por el Decreto N° 891 del 1 de noviembre de 2017 y del Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016, de implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), y sus normas complementarias.

Que para ello se dispuso un plazo de CUATRO (4) meses, a cuyo término las áreas requeridas debían indicar las normas pasibles de modificación o derogación y las que deberían continuar vigentes, fundando las razones que así lo determinaren.

Que habiéndose presentado las propuestas de reordenamiento normativo, y dada la relevancia institucional de la Resolución Nº 381 del 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA , se considera conveniente ordenar su publicación oficial, especialmente teniendo en cuenta lo ordenado por aquélla con relación a las nuevas normas sobre trámites y procedimientos que pudieran dictarse, que impongan cargas a los administrados, debiéndose establecer, en tal sentido, “…un plazo de vigencia que no podrá exceder de los CUATRO (4) años, pudiendo ser prorrogado por única vez, bajo decisión fundada de la Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable.”.

Que, efectuada tal publicación oficial, se procederá a la abrogación de las normas vigentes en la jurisdicción que resulten incompatibles con las reglas y principios que surgen del plexo normativo enunciado en el primer considerando.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ordénase la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA, de la Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA del 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el plazo mencionado en el Artículo 3º del Anexo registrado con el Nº IF-2017-30263263-APN-SCTYA#MA, que forma parte integrante de la citada Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA, respecto de las nuevas normas sobre trámites y procedimientos dictadas o que pudieran dictarse como consecuencia de lo ordenado por la citada resolución que impongan cargas a los administrados, tendrán un plazo de vigencia que no podrá exceder de los CUATRO (4) años, pudiendo ser prorrogado por única vez, bajo decisión fundada de la Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable, se computará desde la entrada en vigencia de cada norma que ya se hubiera dictado al amparo de la resolución ministerial precitada, o que pudiera dictarse en el futuro.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere

e. 31/05/2018 N° 38688/18 v. 31/05/2018

Fecha de publicación 31/05/2018