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26 de Abril de 2006

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 172/2018

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-27454623- -APN-DNTYA#SENASA, los Decretos Nros. 210 del 11 de febrero de 2015, 1.165 del 11 de noviembre de 2016, 355 del 22 de mayo de 2017 y 851 del 23 de octubre de 2017, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, la Resolución N° 736 del 20 de diciembre de 2016 del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 210 del 11 de febrero de 2015, se efectuó la designación transitoria de la Abogada D. María Silvia MARTÍNEZ (M.I. N° 17.540.119) en el cargo de Coordinadora General de Desarrollo Regional de la Unidad Gerente General de este Servicio Nacional.

Que por el Decreto N° 1.165 del 11 de noviembre de 2016, modificado por su similar N° 851 del 23 de octubre de 2017, se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por la Resolución N° 736 del 20 de diciembre de 2016 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se prorrogó la designación transitoria de la referida profesional en dicho cargo por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual se solicita la prórroga de la designación transitoria aludida.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y 1° del Decreto N° 1.165 del 11 de noviembre de 2016, sustituido por su similar N° 851 del 23 de octubre de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 11 de septiembre de 2017, la designación transitoria de la Abogada Da. María Silvia MARTÍNEZ (M.I. N° 17.540.119), dispuesta por el Decreto N° 210 del 11 de febrero de 2015 y prorrogada por la Resolución N° 736 del 20 de diciembre de 2016 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como Coordinadora General de Desarrollo Regional de la Unidad Gerente General, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mentado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto para el ejercicio vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ricardo Luis Negri

e. 31/05/2018 N° 38571/18 v. 31/05/2018

Fecha de publicación 31/05/2018