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5 de Agosto de 1970

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 852/2018

Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2018

VISTO, el Expediente N° 5862/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 769 de fecha 9 de junio de 2016, N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, N° 387 de fecha 22 de febrero de 2017, N° 107 de fecha 02 de junio de 2017, N°320 de fecha 29 de junio de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que asimismo, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece en el Artículo 5° que el Consejo Asesor tendrá como función, entre otras, la de “…designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integraran con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales.

Que por su parte, el Artículo 2° del Decreto N° 1346/2016 establece en los términos del artículo 31 de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tres modalidades de producción: a) producciones destinadas a audiencia masiva; b) producciones destinadas a audiencia media; y c) producciones de convocatoria previa.

Que en ese marco, se dictó la Resolución INCAA N° 1/2017, por medio de la cual se aprueba el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO (RFG) que contiene, entre otras medidas, la normativa aplicable a la asignación, liquidación y pago de subsidios a las distintas modalidades de producción cinematográfica de películas nacionales de largometraje, como así también la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que asimismo, la Resolución INCAA N° 1/2007, Anexo I, Artículo 62 establece la conformación del COMITÉ DE SELECCIÓN DE DESARROLLO DE PROYECTOS, el que estará integrado para los proyectos de ficción, por TRES (3) miembros según los siguientes requisitos: UN (1) productor, UN (1) director y UN (1) guionista. En los casos de proyectos de animación se integrará a UN (1) productor con antecedentes en animación que reemplazará al productor. Para la selección de los proyectos de documental el COMITÉ se integrará por TRES (3) productores o directores, debiendo integrarse en todos los casos por lo menos con UN (1) productor o UN (1) director.

Que el Consejo Asesor, designado mediante Decreto Nº 769/2016, en el marco de la competencia que le asigna el artículo 5° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, en la reunión de fecha 4 de mayo de 2017, estableció en el acta respectiva: “… se procede a tratar el primer punto del orden del día respecto a la designación de los integrantes de los diferentes comités de selección y evaluación de proyectos. En relación al presente tema los consejeros votan por unanimidad la elección de las siguientes personas como integrantes de los respectivos comités:

F) Comité de Selección de Desarrollo de Proyecto:

a) Ficción

En categoría Guionista: Sr. David BISBANO, (DNI: 23.952.063)

En categoría Director: Sra. Sandra Beatriz GUGLIOTTA, (DNI: 17.166.690)

En categoría Productor: Sr. Diego Damián CORSINI Y MATO, (DNI: 92.589.659)

b) Animación

En categoría Productor: Sr. Norman Javier RUIZ, (DNI: 27.806.117)

c) Documental

Sr. Guillermo Matías GLASS EGGMANN, (DNI: 22.615.832)

Sra. Aurelia del Carmen GUARINI, (DNI: 10.892.233)

Sra. Gisela Alejandra LEVIN, (DNI: 26.190.408)”.

Que en el marco de lo indicado en los considerados precedentes por Resolución INCAA N° 107/2017 se designó a las personas mencionadas en el acta del Consejo Asesor de fecha 4 de mayo de 2017, como integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN DE DESARROLLO DE PROYECTOS para la selección de proyectos presentados por convocatoria previa según elección realizada por el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que en función de la labor realizada por los integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN DE DESARROLLO DE PROYECTOS, oportunamente se han realizado las respectivas reuniones a los efectos de la preselección y selección de proyectos en el marco de lo establecido en los Artículos 64, 65 y 66 del Anexo I de la Resolución INCAA N° 1/2017.

Que en el Expediente mencionado en el VISTO, obran los originales de las respectivas actas individuales de preselección de proyectos del Género “Documental” y el acta conjunta de fecha 13 de abril del corriente año donde existiendo quórum suficiente con la intervención de los integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN DE DESARROLLO DE PROYECTOS del género “Documental”, Guillermo Matías GLASS EGGMANN, (DNI: 22.615.832), Aurelia del Carmen GUARINI, (DNI: 10.892.233) y Gisela Alejandra LEVIN, (DNI: 26.190.408) han designado por unanimidad a los ganadores del género “Documental” del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN.

Que en el expediente mencionado en el VISTO, obran los originales de las respectivas actas individuales de preselección de proyectos del Género “Animación” y el acta conjunta de fecha 14 de marzo del corriente año donde existiendo quórum suficiente con la intervención de los integrantes del COMITÉ DE SELECCIÓN DE DESARROLLO DE PROYECTOS del género “Animación”, David BISBANO, (DNI: 23.952.06), Sandra Beatriz Gugliotta, (DNI: 17.166.690) y Norman Javier RUIZ, (DNI: 27.806.117), han designado por unanimidad a los ganadores del género “Animación” del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN.

Que a los fines de complementar las cuestiones de carácter genérico establecidos en la parte pertinente de la Resolución INCAA N° 1/2017, en el Anexo I de la Resolución INCAA N°387/2017 se fijaron las condiciones particulares para participar en la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN.

Que de acuerdo a lo mencionado ut supra corresponde dictar Resolución al respecto.

Que la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declarar seleccionados como GANADORES del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN del Género Documental a los siguientes proyectos:

1- Proyecto “ESTAFA2” (Género: Documental) del Productor BIG BANG CINE S.R.L.

2- Proyecto: “ENTRE LA TIERRA Y EL CIELO” (Género: Documental) del Productor TRIVIAL MEDIA S.R.L.

ARTÍCULO 2°.- Declarar seleccionados como suplentes por orden de mérito del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN del género Documental a los siguientes proyectos:

1- Proyecto: “MUNDIAL 78: LA OTRA HISTORIA” (Género: Documental) del Productor ORCEL MATHIEU GILBERT.

2- Proyecto: “MIGRANTAS” (Género: Documental) del Productor UNAMUNO LORELEY.

ARTÍCULO 3º.- Declarar seleccionado como GANADOR del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN del Género Animación al proyecto “PUEBLO CHICO” (Género: Animación) del Productor NUTS STUDIO S.A.

ARTÍCULO 4°.- Declarar seleccionado como suplente del segundo llamado de la CONVOCATORIA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN del género Animación al proyecto “FÚNEBRE TERRORÍFICA” (Género: Animación) del Productor CARAMBA ESTUDIO S.R.L.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que los proyectos ganadores y seleccionados suplentes mencionados en los artículos 1°, 2°, 3° y 4°, quedarán notificados de la presente resolución a partir de su publicación.

ARTÍCULO 6º.- Determinar que la presente resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek

e. 31/05/2018 N° 38404/18 v. 31/05/2018

Fecha de publicación 31/05/2018