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Legislación y Avisos Oficiales
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IMPUESTOS

Decreto 501/2018

Apruébase reglamentación. Ley N° 23.966.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-15463763-APN-DGDO#MEM, el Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, su reglamentación aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 74 de fecha 22 de enero de 1998 y sus modificaciones, y el Título IV de la Ley N° 27.430, y

CONSIDERANDO:

Que con posterioridad al dictado del citado Decreto N° 74/98 se han introducido reformas a la legislación del tributo que hacen necesario adecuar su reglamentación a la nueva normativa vigente.

Que se ha sancionado la Ley N° 27.430, mediante la cual, entre otras cuestiones, se modifica el Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, realizando adecuaciones en el impuesto sobre los combustibles líquidos e introduciendo un nuevo impuesto al dióxido de carbono con el propósito de internalizar costos ambientales asociados al consumo de ciertos productos.

Que las citadas modificaciones prevén la determinación de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono en función a montos por unidades de medida, en reemplazo del impuesto ad valorem.

Que para facilitar el estudio y comprensión de sus normas, es conveniente establecer en un único texto reglamentario la totalidad de las disposiciones que regulan esos gravámenes.

Que para una mejor aplicación de los mencionados impuestos, se hace necesario introducir una serie de modificaciones al régimen reglamentario vigente, a la vez que se entiende pertinente actualizar las características técnicas de los productos alcanzados, teniendo en cuenta por ejemplo que el concepto “nafta sin plomo” se refiere de manera unívoca a nafta, dado que la legislación vigente no admite el agregado de elevadores octánicos a base de metales pesados.

Que a tal fin resulta procedente aprobar un nuevo texto reglamentario, que sustituya al establecido por el Decreto N° 74/98, el que en virtud de ello se propicia derogar, junto con los Decretos Nros. 1016/97 y 401/99.

Que los servicios jurídicos correspondientes han tomado la intervención que les compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la reglamentación del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, de IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO, que como ANEXO (IF-2018-25828537-APN-SSRH#MEM) forma parte del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Deróganse el Decreto N° 74 de fecha 22 de enero de 1998 y sus modificaciones, el Decreto N° 1016 de fecha 29 de septiembre de 1997 y el Decreto N° 401 de fecha 22 de abril de 1999.

ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Juan José Aranguren - Nicolás Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 01/06/2018 N° 39118/18 v. 01/06/2018

Fecha de publicación 01/06/2018