ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 4375/2018
RESOL-2018-4375-APN-ENACOM#MM FECHA 23/5/2018 ACTA 33
EXPCNT E 33257/1996
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Rectificar el error material deslizado en el Artículo 3° de la Resolución RESOL-2017-1734-APN-ENACOM#MM, el que deberá cancelar también los registros de Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional concedidos a NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA S.R.L., CALLBI S.A y TRIXCO S.A.. 2.- Tener por cumplida la condición establecida en el Artículo 4º de la Resolución mencionada en el Artículo precedente. 3 .- Notifíquese al interesado. 4 .- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel de Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 01/06/2018 N° 38504/18 v. 01/06/2018
Fecha de publicación 01/06/2018