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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 41/2018

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2018

VISTO la Actuación SIGEA N° 17134-396-2018 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que por la citada actuación la firma RENOVA S.A. (CUIT 30-70959089-4) solicita la habilitación de una zona operativa en el “Muelle Norte de Sólidos y Líquidos”, del Puerto Renova, ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura del km 465,850 del Río PARANÁ, localidad de TIMBÚES, provincia de SANTA FE, en jurisdicción del Departamento Aduana de SAN LORENZO, para ser destinado a la carga de graneles sólidos y líquidos.

Que la habilitación definitiva del citado muelle en el marco de la Ley 24.093 y sus modificatorias tramita por expediente EXP–S02:0013528/2012 ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio de Transporte.

Que mediante IF-2018-19665782-APN-SSPVNYMM#MTR de fecha 27 de abril de 2018, la Dirección Nacional de Puertos indica “…que el “Muelle Norte de Sólidos y Líquidos”, que se destinará a la carga de graneles sólidos y líquidos del denominado “Puerto RENOVA”, se encuentra técnicamente en condiciones para recibir buques, habiéndose cumplido con la totalidad de los requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación requerida, en los términos de la Ley N° 24.093…” .Cabe destacar que la información señalada fue ratificada mediante NO-2018-21104762-APN-DNCPYVN#MTR de fecha 7 de mayo de 2018.

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria y hasta tanto se dicte el acto administrativo de habilitación a que alude el párrafo precedente.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras del Interior, de Técnico Legal Aduanera y de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorícese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera solicitada por la firma RENOVA S.A. (CUIT 30-70959089-4) en el “Muelle Norte de Sólidos y Líquidos”, del Puerto Renova, ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura del km 465,850 del Río PARANÁ , localidad de TIMBÚES, provincia de SANTA FE, en jurisdicción del Departamento Aduana de SAN LORENZO, para ser destinado a la carga de graneles sólidos y líquidos.

ARTICULO 2°.- Establécese que la presente tendrá vigencia hasta tanto el Ministerio de Transporte dicte el acto administrativo de habilitación y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

ARTICULO 3°.- Comuníquese. Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA. Remítanse los presentes al Departamento Aduana de SAN LORENZO para su conocimiento y notificación. Jorge Arnulfo Jimenez Kockar

e. 04/06/2018 N° 39031/18 v. 04/06/2018

Fecha de publicación 04/06/2018