ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DEPARTAMENTO ADUANA DE MENDOZA
ART. 502 DE LA LEY 22415 (CÓDIGO ADUANERO)
En el marco de la actuación administrativa identificada como SIGEA 17435-391-2017/1, tramitada por ante este Departamento Aduana de Mendoza, se INTIMA a los interesados que, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 días, deberán dar destinación aduanera a la mercadería, consiente en enseres personales y menaje de casa; que en carácter de equipaje no acompañado ingreso al territorio nacional, en contenedor identificado como TGHU6837373, amparado en MIC/DTA Mic ELECTRÓNICO Nº 17CL076796S y CRT 0043/2017CL-LA. Todo bajo el apercibimiento de continuar con lo dispuesto por el art. 502 ss. y cc. del C.A.- FERNANDO ARENAS – JEFE (I) DIVISION OPERATIVA MENDOZA A/C DEPARTAMENTO ADUANA MENDOZA.
Fernando Arenas, Jefe (I.) Div. Operativa Mza., a/c Dpto. Aduana Mendoza.
e. 01/06/2018 N° 38935/18 v. 05/06/2018
Fecha de publicación 04/06/2018