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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución 40/2018

Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2018

VISTO el Expediente S01:0253606/2017, Número Original EXPCERVANTES 991/2016; los Decretos Nº 1914 de fecha 7 de diciembre de 2010 y 174 de fecha 2 de marzo de 2018, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 y Nº 163 de fecha 15 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el

Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.).

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que en el Título IV del Anexo I de la mencionada Resolución Nº 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al Tramo Escalafonario respectivo.

Que el artículo 10 del Título IV del Anexo I de la citada Resolución Nº 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 establece que la actividad de valoración será evaluada por un COMITÉ DE ACREDITACIÓN, el cual estará integrado por UN (1) experto en representación del titular del órgano rector respectivo a la actividad si lo hubiere o, caso contrario, del titular de la jurisdicción de revista del postulante, UN (1) experto en representación del titular de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y UN (1) experto de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia.

Que el artículo 5° del Título II, Capítulo I del Anexo I de la Resolución N° 163 de fecha 15 de mayo de 2014, establece que la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resolvía la integración de los Comités de Acreditación para la promoción de Tramo Escalafonario.

Que por Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, incorporado a la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), por Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 a través del artículo 23 octies.

Que por Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se encomendó a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del Ministerio de Modernización, la función de entender en el diseño, desarrollo e implementación de las carreras administrativas del personal del Estado.

Que por Resolución 163/2014 se dispuso la creación de un comité de acreditación para la especialidad y funciones relacionadas con las acciones de personal integrado por el órgano rector en la materia.

Que ello así, corresponde designar al secretario técnico administrativo titular y alterno, y a los integrantes titulares y alternos del Comité de Acreditación para funciones o puestos comprendidos en la materia “PERSONAL TECNICO DEL AREA ESCENOTECNICA DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES”

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 174 de fecha 2 de marzo de 2018

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designase como secretario tecnico titular y alterno y miembros titulares y alternos integrantes del Comité de Acreditación para funciones o puestos comprendidos en la materia “PERSONAL TECNICO DEL AREA ESCENOTECNICA DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES” a las personas consignadas en el Anexo IF 2018-22834265-APN-ONEP#MM que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Martin Legorburu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 05/06/2018 N° 39445/18 v. 05/06/2018

Fecha de publicación 05/06/2018