BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6504/2018
08/05/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular LISOL 1 - 794. Posición global neta de moneda extranjera. Adecuación.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“- Considerar admitido el exceso respecto del límite previsto en el punto 2.2. de las normas sobre “Posición global neta de moneda extranjera” que las entidades financieras verifiquen desde el 7.5.18, sin superar lo menor entre ese exceso y su posición en Letras del Tesoro Nacional en dólares estadounidenses, ambos medidos a esa fecha.
Ese exceso admitido será recalculado diariamente, reduciéndose en la diferencia negativa que registre la posición en Letras del Tesoro Nacional en dólares estadounidenses de la entidad entre el día de cómputo de la posición global neta de moneda extranjera y la verificada al 7.5.18. El exceso resultante de ese recálculo no podrá ser incrementado en los días posteriores, hasta su regularización total.”
Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de referencia en función de las resoluciones difundidas por la presente y la Comunicación “A” 6501. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y Resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Comunicación “A” se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 06/06/2018 N° 39883/18 v. 06/06/2018
Fecha de publicación 06/06/2018