ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
Resolución 83/2018
Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2018
VISTO el Expediente Nº EX–2017-22081559-APN-MEG#AGP iniciado en la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y la Resolución AGPSE Nº 58/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución AGPSE N° 58/14, se aprobó el REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS DE SERVICIOS PORTUARIOS que fija el procedimiento para la inscripción y/o reinscripción de dichas empresas en el REGISTRO DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PORTUARIOS, creado por Resoluciones AGPSE Nros. 119/92 y 42/92, a los fines de que las mismas puedan operar en el ámbito del Puerto BUENOS AIRES.
Que, con el transcurso del tiempo, se observó que la sustanciación de estos expedientes resultaba superabundante en requisitos, produciéndose una superposición en los controles efectuados por las distintas áreas de esta Sociedad del Estado, lo que tuvo como consecuencia una merma en la cantidad de firmas que solicitan su inscripción y/o reinscripción.
Que, analizada la situación descripta, se llegó a la conclusión de que se deben tomar las medidas tendientes a modernizar y agilizar el citado trámite, entendiéndose necesario dejar sin efecto el la Resolución AGPSE N° 58/14 y aprobar un nuevo Reglamento con el mismo objeto.
Que tomaron la intervención de su competencia la GERENCIA COMERCIAL Y DE CONTROL DE CONCESIONES Y PERMISOS, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, FINANZAS Y RECURSOS HUMANOS, la GERENCIA DE INGENIERÍA, GERENCIA DE OPERACIONES, SEGURIDAD Y CONTROL AMBIENTAL y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente Resolución, en virtud de lo establecido en los Artículos 2º y 3º de la Ley N° 23.696, el Estatuto de esta Administración, aprobado por Decreto N° 1456/87, Artículo 8º del Decreto N° 1019/93, y Decreto N° 528/16.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS DE SERVICIOS PORTUARIOS que, como ANEXO (IF-2018-26444307-APN-GG#MTR), forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Abrógase la Resolución AGPSE N° 58/14.
ARTÍCULO 3º.- Por la SUBGERENCIA DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA de la GERENCIA GENERAL, regístrese, notifíquese a todas las Dependencias y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día.
ARTÍCULO 4º.- Cumplido, gírense los actuados a la SUBGERENCIA COMERCIAL de la GERENCIA COMERCIAL Y DE CONTROL DE CONCESIONES Y PERMISOS para que proceda a la notificación fehaciente de la presente a las EMPRESAS DE SERVICIOS PORTUARIOS inscriptas en el REGISTRO DE LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PORTUARIOS.
ARTÍCULO 5º.- Oportunamente, archívese. Gonzalo Mórtola
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 07/06/2018 N° 40329/18 v. 07/06/2018
Fecha de publicación 07/06/2018