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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 179/2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso y Ampliación a la Capacidad de Transporte presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) a solicitud de PARQUE EÓLICO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (PES) consistente en la construcción de la Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 kV 1 x 30/30/30 MVA Garayalde, con UNA (1) unidad de transformación emplazada en reserva fría, barra simple de 132 kV, DOS (2) campos de línea de 132 kV, UN (1) campo de transformación de 132 kV, UN (1) campo de transformación de 33 kV y CINCO (5) celdas de 33 kV, en cercanías de la Localidad de GARAYALDE, Provincia de CHUBUT, y la vinculación al Parque Eólico Garayalde con UN (1) módulo de 26 MW. 2.- Publicar dicha solicitud mediante un Aviso en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días; también se publicará por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorgará un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del acceso, presente un proyecto alternativo. 3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, y operado el vencimiento del plazo señalado en el artículo 2, se considerará autorizado el acceso solicitado y otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la para la ampliación referida en el artículo 1 de esta resolución. 4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a las partes contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- PES deberá prever espacio adicional en la ET para futuras ampliaciones y cumplir con los requerimientos técnicos solicitados por la transportista y CAMMESA, así como los que surjan de los estudios realizados al momento de efectivizar su incorporación al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI). 6.- Notifíquese a PES, a TRANSPA S.A., a CAMMESA, al MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE GABINETE DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT y a la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CHUBUT. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 12/06/2018 N° 41800/18 v. 12/06/2018

Fecha de publicación 12/06/2018