Edición del
10 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 144/2018

Buenos Aires, 07/06/2018

VISTO el Expte Nº A253-85235/18 del registro del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27, de fecha 10 de enero de 2018, las Resoluciones INPI Nº P-026 de fecha 2 de febrero de 2018 y Nº P-101 de fecha 11 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16º de la Ley de Marcas y Designaciones, Nº 22.362, modificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, establece que la Dirección Nacional de Marcas resolverá en instancia administrativa las oposiciones que aún permanezcan vigentes.

Que el artículo 1º de la Resolución INPI Nº P-026/18 complementó a la Resolución INPI Nº P-001/18, aplicando el principio receptado en su artículo 3º a los vencimientos de las vistas de oposiciones que operen entre el 12 de Enero y el 12 de Abril del 2018, determinando además que las demandas establecidas en el sustituido artículo 16º, inciso a) de la Ley N° 22.362, continuaban siendo receptadas por este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y remitidas a sede judicial del modo y con las formalidades previstas, a los efectos que pudiere corresponder, salvo que no se interpusiere demanda o se optase por la instancia administrativa, en cuyo caso la/s Oposición/es vigentes serán resueltas conforme el proceso que oportunamente se reglamente.

Que por su parte, la Resolución INPI Nº P-101/18 extendió la suspensión de la vigencia del artículo 16º de la Ley de Marcas y Designaciones, por el plazo de dos (2) meses contados a partir del 12 de abril de 2018, a las vistas de oposiciones que hubiesen sido notificadas con fecha anterior a la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, y cuyos vencimientos operasen con posterioridad al 12 de abril de 2018, o hasta tanto se efectivice la reglamentación y articulación con los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios, aplicándose respecto de éstas la metodología establecida el artículo 1º de la Resolución INPI Nº P-026/18.

Que sin perjuicio que la reglamentación, aún se encuentra pendiente, la articulación e integración de los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios para la puesta en marcha del sistema creado por el nuevo artículo 16º de la ley marcaria, implementación ésta, que a la fecha no ha concluido.

Que en razón de todo lo antedicho, resulta necesario prorrogar por el plazo de tres (3) meses la vigencia de la Resolución INPI Nº P-101/18 o hasta la efectiva reglamentación del procedimiento de resolución administrativa de oposiciones como así también su articulación e integración con los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios que permitan la implementación efectiva del sistema creado por el nuevo artículo 16º de la ley marcaria, en aras de la seguridad jurídica para los administrados y usuarios del sistema de la propiedad industrial.

Que el estado de situación actual, resulta ser que el Honorable Senado de la Nación, el pasado día 31 de mayo de 2018 transformó en Ley las modificaciones a la Ley de Marcas y Designaciones Nº 22.362, introducidas oportunamente por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, encontrándose a la fecha del dictado de la presente, pendiente su promulgación, por lo que sólo resulta pertinente prorrogar únicamente el artículo 1º de la Resolución citada en el Considerando anterior.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION, LA DIRECCION OPERATIVA, la DIRECCIÓN DE INFORMATICA y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la normativa legal vigente

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Prorróguese, a partir del día 12 de Junio de 2018, el artículo 1º de la Resolución INPI Nº P-101/18, por el plazo de tres (3) meses o hasta la efectiva reglamentación del procedimiento de resolución administrativa de oposiciones como así también su articulación e integración con los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios que permitan la implementación efectiva del sistema creado por el nuevo artículo 16º de la ley marcaria, en aras de la seguridad jurídica para los administrados y usuarios del sistema de la propiedad industrial.

ARTÍCULO 2º- Las demandas por cese de oposición establecidas en el sustituido artículo 16 de la ley de Marcas y Designaciones, seguirán siendo recibidas en este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, hasta la promulgación de la ley sancionada el pasado día 31 de mayo de 2018, que reforma a la ley de Marcas y Designaciones Nº 22.362.

ARTICULO 3º - Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Boletín de Marcas y de Patentes, y comuníquese a la Asociación Argentina de Agentes de la Propiedad Industrial y a la Cámara de Agentes de la Propiedad Industrial. Damaso A. Pardo

e. 13/06/2018 N° 42165/18 v. 13/06/2018

Fecha de publicación 13/06/2018