Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

Resolución Conjunta 1/2018

Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-07436183-APN-DMENYD#MTR del Registro del Ministerio de Transporte, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos N° 639 del 18 de abril de 2002, N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 214 del 27 de febrero de 2006 y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución Nº 38 del 16 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, la Resolución Conjunta N° 39 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y N° 110 de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA del 1° de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 se reglamentó la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 estableciéndose, entre otros, los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación, señalándose en su artículo 8° que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan, a cargos pertenecientes al régimen de carrera cuya financiación será prevista para cada jurisdicción u organismos descentralizados en la Ley de Presupuesto.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo General homologado a través del Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 señala en su artículo 41 que se podrá disponer la afectación definitiva del Personal Permanente para prestar servicios en otra dependencia dentro o fuera de la jurisdicción presupuestaria mediante el traslado del agente, el cual estará condicionado a la existencia de una vacante financiada en el organismo de destino, y será dispuesta por la autoridad competente siempre que se cuente con la conformidad del trabajador, como así también que se deberá contar con la autorización de los titulares de ambas jurisdicciones, y deberá respetarse la ubicación escalafonaria del agente en el organismo de origen o su equiparación y asignarse funciones acordes con su situación de revista escalafonaria.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, establece en su artículo 25 que el personal que se incorpore a ese régimen de carrera en los términos de los supuestos contemplados en la última frase del artículo 41 o en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo General, deberá ser ubicado en el nivel escalafonario del Agrupamiento que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen, siendo equiparado al grado que resultara del cómputo de la antigüedad acumulada en los términos del inciso b) del artículo 134 del Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que mediante la Resolución Conjunta N° 39/16 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y N° 110/16 de la COMISIÓN NACIONAL DE ENEGÍA ATÓMICA, del 1° de marzo de 2016, se propició la adscripción de la agente Jade Michaell ASNARES BATARSE (D.N.I. N° 18.866.683), perteneciente a la Planta Permanente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, entidad descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ante la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos a partir de la fecha de notificación de dicho acto.

Que el punto 6, inciso b) del Anexo I al Decreto Nº 639 del 18 de abril de 2002, aprobatorio de las “Normas para el Trámite de Adscripciones de Personal”, observa que las autoridades máximas de los Ministerios, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN o de la CASA MILITAR, organismos descentralizados o demás entidades del Sector Público Nacional están facultadas para disponer en forma conjunta el traslado definitivo del agente a una vacante de igual nivel o posición escalafonaria del organismo de destino, mencionándose, asimismo, en el punto 5.8 de dicha normativa que, si antes del vencimiento de la adscripción se acreditare el inicio del trámite del traslado o transferencia, el agente podrá permanecer prestando servicios como adscripto en la dependencia de destino por un único plazo adicional de hasta NOVENTA (90) días corridos.

Que el punto 6, inciso d) del Anexo I al mencionado Decreto Nº 639/02 indica que cuando la jurisdicción, organismo o entidad de destino tuviera diferente escalafón o régimen laboral, se requerirá dictamen previo favorable de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA.

Que atento a lo expresado en el párrafo precedente, se ha dado cumplimiento a las pautas establecidas en el “Procedimiento para la incorporación de personal permanente comprendido en otros escalafones en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por la Resolución N° 38/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA.

Que en tal sentido, y de acuerdo a lo previsto por el Anexo I a dicha Resolución Nº 38/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO perteneciente a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, sin oponer objeción alguna a la incorporación de la agente en un cargo vacante Nivel B, Grado TRES (3), Agrupamiento General más el Suplemento por Capacitación Terciaria del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO perteneciente a la Planta Permanente del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que han ejercido las veedurías que les competen las entidades sindicales respectivas, según consta en las presentaciones glosadas en el expediente citado en el Visto.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios de asesoramiento jurídico permanente de los organismos involucrados. IF-2018-17407845-APN-DGAJ#MTR; IF-2018-24286436-APN-GAJ#CNEA y 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el punto 6, inciso b), del Anexo I, del Decreto N° 639 del 18 de abril de 2002.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

Y

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Trasládase a partir de la fecha de la firma de la presente a la agente Jade Michaell ASNARES BATARSE (D.N.I. N° 18.866.683), titular de un cargo Tramo Principal C, Nivel I, Grado CERO (0) de la Planta Permanente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, a un cargo vacante Nivel B, Grado TRES (3), Agrupamiento General más el Suplemento por Capacitación Terciaria del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO perteneciente a la Planta Permanente del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich - Osvaldo Alberto Calzetta Larrieu

e. 14/06/2018 N° 42380/18 v. 14/06/2018

Fecha de publicación 14/06/2018