SERVICIO EXTERIOR
Decreto 567/2018
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Filipinas.
Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-21946244-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y
CONSIDERANDO:
Que atento razones de servicio, por el Expediente citado en el Visto, se tramita el traslado del señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. José Néstor URETA a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS y su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la mencionada representación.
Que el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE FILIPINAS concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. José Néstor URETA, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. José Néstor URETA (D.N.I. N° 10.066.447).
ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE FILIPINAS al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. José Néstor URETA.
ARTÍCULO 3º.- Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.
ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie
e. 19/06/2018 N° 44119/18 v. 19/06/2018
Fecha de publicación 19/06/2018