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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 501/2018

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-07796956-APN-SECCPJMPYL#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), el Decreto N° 1.093 del 13 de octubre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 118-E/2018 de fecha 5 de febrero de 2018 se resolvió la aprobación de CINCO (5) protocolos de actuación a fin de dictar las normas complementarias y protocolos de actuación que fueran necesarios para la implementación del SISTEMA FEDERAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y EXTRAVIADAS de acuerdo a la manda establecida por el artículo 15 del Decreto N° 1093/2016.

Que por un error material involuntario el “PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN ANTE EL HALLAZGO DE PERSONAS CON IDENTIDAD DESCONOCIDA (PERSONAS NN)” aprobado como Anexo II (IF-2018-05614437-APN-SECCPJMPYL#MSG) de la mencionada Resolución no incluyó la versión actualizada del apartado V “INFORMACIÓN A COMUNICAR ANTE EL HALLAZGO DE UNA PERSONA NN”.

Que en consecuencia, deviene oportuno y necesario sustituir el citado “PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN ANTE EL HALLAZGO DE PERSONAS CON IDENTIDAD DESCONOCIDA (PERSONAS NN)” aprobado como Anexo II (IF-2018-05614437-APN-SECCPJMPYL#MSG) de la Resolución N° 118-E/2018, rectificándose el citado apartado V.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 4°, inciso b), apartado 9°, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y artículo 101 del el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017).

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Anexo II (IF-2018-05614437-APN-SECCPJMPYL#MSG) de la Resolución N° 118-E/2018 de fecha 2 de febrero de 2018 del MINISTERIO DE SEGURIDAD por el que obra como Anexo (IF-2018-27334422-APN-SCPC#MSG) formando parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/06/2018 N° 44072/18 v. 21/06/2018

Fecha de publicación 21/06/2018