INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 257/2018
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2018
Visto el Expediente EX-2018-22321687-APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente la ASOCIACIÓN DE MAÍZ Y SORGO ARGENTINO (MAIZAR), elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización del “Congreso MAIZAR 2018 - Competitividad con Desarrollo” que se realizó el día 22 de mayo de 2018 en el Complejo Golden Center de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tuvo por objeto difundir los factores de competitividad sobre los cuales debe trabajar la REPÚBLICA ARGENTINA, abordar innovaciones y aspectos técnicos, entre otros.
Que la presencia del organismo se efectuó a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utilizó la organización para su difusión.
Que el presente auspicio no implicó costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.
Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por la Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para la realización del “Congreso MAIZAR 2018 - Competitividad con Desarrollo” que se realizó el día 22 de mayo de 2018 en el Complejo Golden Center de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implicó costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Raimundo Lavignolle
e. 22/06/2018 N° 44413/18 v. 22/06/2018
Fecha de publicación 22/06/2018