INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 275/2018
Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2018
Visto el Expediente EX-2018-07686028- -APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización de SEIS (6) Cursos - Talleres que se realizarán a lo largo del corriente año en la Provincia de SANTA FE, y que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida.
Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene por objeto difundir la creación de espacios de conocimiento sobre el análisis de viabilidad y vigor de semillas, entre otros.
Que la presencia del organismo se efectúa a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión.
Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.
Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por la Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para la realización de SEIS (6) Cursos - Talleres que se llevarán a cabo a lo largo del corriente año en la Provincia de SANTA FE, y que se detallan en el Anexo (IF-2018-26729577-APN-INASE#MA) que forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Raimundo Lavignolle
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/06/2018 N° 44439/18 v. 22/06/2018
Fecha de publicación 22/06/2018